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miércoles, 29 de abril de 2026

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CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, la sanción administrativa con

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CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, la sanción administrativa con

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las empresas productivas del Estado, así como a las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, la sanción administrativa consistente en la inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, según corresponda, a la empresa Concretos, Asfaltos y Estructuras Metálicas de Occidente, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Administrativa.- Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves.- Particular Presunta Responsable: Concretos, Asfaltos y Estructuras Metálicas de Occidente, S.A. de C.V.- Expediente: 120/22-RA1-01-6.

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, A LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, ASÍ COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIOS Y ALCALDÍAS DE LA CIUDAD DE MÉXICO, QUE LA EMPRESA CONCRETOS, ASFALTOS Y ESTRUCTURAS METÁLICAS DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V.
Con fundamento en los artículos 14, párrafo segundo, 16, párrafo primero, y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 4, 37, 38, apartado A), fracciones I y II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en relación con el Transitorio Quinto del Decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2016; el artículo 51, fracción III, del Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de julio de 2020, y su reforma mediante Acuerdo SS/4/2024, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2024, en relación con el numeral primero del diverso G/JGA/13/2021, emitido por la Junta de Gobierno y Administración, a través de la cual se determinó que esta Sala iniciaría sus funciones en su carácter de Sala Auxiliar en Materia de Responsabilidades Administrativas Graves a partir del 01 de abril de 2021; así como con los artículos 1,3, fracción IV y XXVII, 9, fracción IV, 12, 84, fracción II, 209 y 226, fracción I, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia definitiva de 31 de agosto de 2022, dictada en el procedimiento de responsabilidad administrativa número 120/22-RA1-01-6, incoado a la empresa CONCRETOS, ASFALTOS Y ESTRUCTURAS METÁLICAS DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V, en la cual, se dictaron los siguientes puntos resolutivos:
"...PRIMERO. Se acredita la EXISTENCIA de la responsabilidad administrativa atribuida a CONCRETOS, ASFALTOS Y ESTRUCTURAS METÁLICAS DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V., y, en consecuencia;
SEGUNDO. Se impone a CONCRETOS, ASFALTOS Y ESTRUCTURAS METÁLICAS DE OCCIDENTE, S.A. DE C.V., la sanción administrativa consistente en la INHABILITACIÓN temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, según corresponda, por un periodo de tres meses.
TERCERO. NOTIFÍQUESE A LAS PARTES..."
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