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miércoles, 29 de abril de 2026

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OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Impulso para el Desarrollo de México, S

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"Se publicó en el DOF: "OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Impulso para el Desarrollo de México, S". de C.V., S.F.P., para operar como Sociedad Financiera Popular. Asunto: Revocación de autorización para continuar realizando operaciones como Sociedad Financiera Popular."

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio

Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Puede fomentar la competitividad del sector
Impone nuevas obligaciones que pueden representar costos de cumplimiento
Podría generar carga regulatoria adicional para el sector afectado

Esta publicación se enmarca en Ley de Ahorro y Cr, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Impulso para el Desarrollo de México, S

OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Impulso para el Desarrollo de México, S.A. de C.V., S.F.P., para operar como Sociedad Financiera Popular.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Contenciosa.- Oficio: P244/2024.- Expediente: CNBV.2C.5 Revocación, 212, "25/01/2024 - 25/01/2024", REV/51/EF/01.

Asunto: Revocación de autorización para continuar realizando operaciones como Sociedad Financiera Popular.
REPRESENTANTE LEGAL DE IMPULSO PARA EL DESARROLLO DE MÉXICO, S.A. DE C.V., S.F.P.
Calle Valparaíso 2319, piso 4, interior 9; Condominio Corporativo Punto Sao Paulo Torre HSBC, Colonia Providencia, C.P. 44630, Guadalajara, Jalisco.
Esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 37, primer párrafo de la Ley de Ahorro y Crédito Popular (en adelante LACP), 2 primer párrafo; 4, fracciones I, XI y XXXVIII, <

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Análisis Editorial

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