ACUERDO por el cual se da a conocer el informe sobre la recaudación federal participable y las participaciones federales, así como los procedimientos de cálculo, por el mes de diciembre de 2024
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Se publicó en el DOF: "ACUERDO por el cual se da a conocer el informe sobre la recaudación federal participable y las participaciones federales, así como los procedimientos de cálculo, por el mes de diciembre de 2024". ACUERDO 7 /2025 ACUERDO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL INFORME SOBRE LA RECAUDACIÓN FEDERAL PARTICIPABLE Y LAS PARTICIPACIONES FEDERALES, ASÍ COMO LOS PROCEDIMIENTO...
Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️
Afecta a
Contribuyentes, contadores y asesores fiscales
✅
Beneficia a
Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones
👍Pros
●Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
●Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
👎Contras
●Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
●Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación
Análisis generado por IA con fines informativos
🔍Investigación y contexto
Esta publicación se enmarca en Ley del Servicio de Administraci, que es el ordenamiento principal que regula la materia.
Texto oficial completo
ACUERDO por el cual se da a conocer el informe sobre la recaudación federal participable y las participaciones federales, así como los procedimientos de cálculo, por el mes de diciembre de 2024
ACUERDOpor el cual se da a conocer el informe sobre la recaudación federal participable y las participacionesfederales, así como los procedimientos de cálculo, por el mes de diciembre de 2024.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría deHacienda y Crédito Público.
ACUERDO 7 /2025
ACUERDO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL INFORME SOBRE LA RECAUDACIÓN FEDERALPARTICIPABLE Y LAS PARTICIPACIONES FEDERALES, ASÍ COMO LOS PROCEDIMIENTOS DECÁLCULO, POR EL MES DE DICIEMBRE DE 2024.
ROGELIO EDUARDO RAMÍREZ DE LA O, Secretario de Hacienda y Crédito Público, con fundamento enlo dispuesto por los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 26 de la Ley delServicio de Administración Tributaria, y 3, 6 y 11, fracción XX del Reglamento Interior de la SecretaríadeHacienda y Crédito Público, y
CONSIDERANDO
·La integración de la recaudación federal participable del mes de noviembre de 2024, con la que secalcularon las participaciones en ingresos federales del mes de diciembre de 2024, de conformidadcon los artículos 2o., 2o.-A, 3o.-A, 4o.-A, 4o.-B y 7o. de la Ley de Coordinación Fiscal, por conceptodel Fondo General de Participaciones; del Fondo de Fomento Municipal; del Fondo de Extracción deHidrocarburos; del Fondo de Compensación; de las participaciones específicas en el impuestoespecial sobre producción y servicios; del 0.136% de la recaudación federal participablecorrespondiente a los municipios colindantes con la frontera o los litorales por donde materialmenteentran o salen las mercancías del país que se importen o exporten, y de la transferencia del FondoMexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, alos municipios colindantes con lafrontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de los hidrocarburos;
·La determinación de los coeficientes de participación de la primera, segunda y tercera partes delcrecimiento del Fondo General de Participaciones; del Fondo de Fomento Municipal; del Fondo deExtracción de Hidrocarburos; del Fondo de Compensación; de las participaciones específicas delimpuesto especial sobre producción y servicios; del 0.136% de la recaudación federal participablecorrespondiente a los municipios colindantes con la frontera o los litorales por donde materialmenteentran o salen las mercancías del país que se importen o exporten, y de la transferencia del FondoMexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo, a los municipios colindantes con lafrontera o litorales por los que se realice materialmente la salida del país de los hidrocarburos, conlos cuales se efectuó la distribución de las participaciones de diciembre de 2024, de conformidadconlos artículos 2o., 2o.-A, 3o.-A, 4o.-A, 4o.-B, 5o. y 7o. de la Ley de Coordinación Fiscal, y
·La distribución e integración del Fondo General de Participaciones; del Fondo de Fomento Municipal;del Fondo de Extracción de Hidrocarburos; del Fondo de Compensación; de las participacionesespecíficas del impuesto especial sobre producción y servicios; de las participaciones del 0.136% dela recaudación federal participable correspondiente a los municipios colindantes con la frontera o loslitorales por donde materialmente entran o salen las mercancías del país que se importen o exporten,del mes de diciembre de 2024; el cálculo de la transferencia del Fondo Mexicano del Petróleopara laEstabilización y el Desarrollo, a los municipios colindantes con la frontera o litoralespor los que serealice materialmente la salida del país de los hidrocarburos, del mes de diciembrede 2024, deconformidad con los artículos 2o., 2o.-A, 3o.-A, 4o.-A, 4o.-B, 5o. y 7o. de la Ley de CoordinaciónFiscal.
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