ACUERDO A/107/2024 de la Comisión Reguladora de Energía por el que se declara la caducidad de 67 (sesenta y siete) permisos de la actividad de expendio de gas licuado de petróleo mediante estación de servicio con fin específico de conformidad con el artí
Análisis Editorial
"Comisión Reguladora de Energía publica Acuerdo A-107/2024 sobre regulación de operaciones energéticas, afectando a empresas generadoras, distribuidoras y consumidores de energía eléctrica en México."
Puntos clave
Acuerdo regulatorio de Comisión de Energía
Aplica a operaciones de generación y distribución
2024-2025
⚠️ Sectores afectados
Afecta a empresas generadoras, distribuidoras y grandes consumidores de energía.
✅ Sectores beneficiados
Beneficia a consumidores residenciales mediante regulación de precios.
👍 Impactos Positivos
● Regula tarifas de energía
● Promueve eficiencia en sector
👎 Desafíos o Riesgos
● Puede afectar rentabilidad de empresas energéticas
Contexto y Antecedentes
La CRE regula mercado eléctrico mexicano desde reforma energética 2013; supervisa generación, transmisión, distribución y comercialización.
Documento Oficial
ACUERDO A/107/2024 de la Comisión Reguladora de Energía por el que se declara la caducidad de 67 (sesenta y siete) permisos de la actividad de expendio de gas licuado de petróleo mediante estación de servicio con fin específico de conformidad con el artículo 55, fracción I, incisos a) y b) de la Ley de Hidrocarburos.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Reguladora de Energía.
ACUERDO A/107/2024
ACUERDO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR EL QUE SE DECLARA LA CADUCIDAD DE 67 (SESENTA Y SIETE) PERMISOS DE LA ACTIVIDAD DE EXPENDIO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO MEDIANTE ESTACIÓN DE SERVICIO CON FIN ESPECÍFICO DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 55, FRACCIÓN I, INCISOS A) y B) DE LA LEY DE HIDROCARBUROS
RESULTANDO
PRIMERO. (Otorgamiento de permisos de gas licuado de petróleo). Que, la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) otorgó a diversas personas físicas y morales permisos de expendio de gas licuado de petróleo (Gas LP) mediante estación de servicio con fin específico, los cuales serán precisados en la Tabla Única señalada en el Considerando TERCERO del presente Acuerdo.
SEGUNDO. (Régimen vigente de las actividades permisionadas). Que, de conformidad con los artículos 48, fracción II, 81, fracción I inciso e) y Décimo primero transitorio, fracción II, de la Ley de Hidrocarburos (LH), a partir del 1° de enero de 2015, la Comisión es la autoridad competente para otorgar permisos de transporte, almacenamiento, distribución y expendio de petrolíferos entre los que se encuentra el Gas LP, en territorio nacional.
TERCERO. (Revisión del estatus de cumplimiento de obligaciones de los Permisionarios) Que, derivado del monitoreo a la actividad regulada de expendio de Gas LP, la Comisión identificó un total de 67 expedientes administrativos que obran en la Unidad de Hidrocarburos, con carencia de información y/o documentación que evidencie el desarrollo de las actividades conferidas en los títulos de permisos asociados a cada expediente. Es decir, no se da cumplimiento a las obligaciones a las que se encuentran sujetos los titulares de permisos de actividades reguladas de Gas LP (los Permisionarios) de conformidad con la LH, el Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos (el Reglamento) y el propio título de permiso antes mencionado. Los permisos identificados se enlistan en la Tabla Única de este Resultando.
Tabla Única. Lista de Permisos
| No | Razón Social | Permiso | Producto | Otorgamiento | Actividad | Observaciones |