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miércoles, 17 de junio de 2026

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SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 125/2023, así como los Votos Particular de la señora Ministra Yasmín Esquivel Mossa y Particular y Aclaratorio del señor Ministro Juan

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"La Suprema Corte de Justicia de la Nación emite sentencia en la Controversia Constitucional 125/2023 con votos particulares de las Ministras Yasmín Esquivel Mossa, estableciendo precedentes en materia de derechos constitucionales."

Sentencia sobre controversia constitucional
Incluye votos particulares de ministros
Establece interpretación de derechos fundamentales

Afecta a las partes en controversia y a autoridades vinculadas al conflicto.

Beneficia al sistema legal mexicano al establecer precedentes constitucionales.

Clarifica interpretación constitucional
Permite impugnación mediante votos particulares
Sentencias pueden ser objeto de interpretaciones divergentes

La SCJN es el máximo tribunal constitucional en México, sus sentencias establecen jurisprudencia para todo el país.

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 125/ 2023, así como los Votos Particular de la señora Ministra Yasmín Esquivel Mossa y Particular y Aclaratorio del señor Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 125/2023.
ACTOR: MUNICIPIO DE COLIMA, ESTADO DE COLIMA.
MINISTRO PONENTE: JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO.
SECRETARIO:   YAIRSINIO DAVID GARCÍA ORTIZ.
COLABORÓ:     DANIELA DE LA LUZ CABEZA DE VACA OROZCO.
                      JORGE PAUL AJA FONSECA.
ÍNDICE TEMÁTICO
 
Apartado
Criterio y decisión
Págs.
 
Antecedentes.
Se detallan los antecedentes del asunto.
1-27
I.
Competencia.
El Tribunal Pleno es competente para conocer del presente asunto.
27-28
II.
Oportunidad.
Se analiza si la demanda fue promovida de manera oportuna.
28-29