SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 201/2021, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández
Análisis Editorial
"Se publica sentencia del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia. Establece criterio jurisprudencial vinculante para toda administración de justicia."
Puntos clave
Sentencia de Suprema Corte
Criterio jurisprudencial vinculante
Aplicable a todo el país
⚠️ Sectores afectados
Afecta a jueces y autoridades en sus decisiones futuras.
✅ Sectores beneficiados
Beneficia a ciudadanía con uniformidad en interpretación legal.
👍 Impactos Positivos
● Claridad jurisprudencial
● Seguridad legal
👎 Desafíos o Riesgos
● Lenguaje muy técnico
Contexto y Antecedentes
Suprema Corte es máximo tribunal constitucional y de casación en México.
Documento Oficial
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 201/ 2021, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Presidenta Norma Lucía Piña Hernández.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 201/2021
PROMOVENTE: MUNICIPIO DE BACOACHI, ESTADO DE SONORA.
DEMANDADO: PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE SONORA, CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA.
PONENTE: MINISTRO ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
SECRETARIOS: DAVID GARCÍA SARUBBI Y JUAN LUIS HERNÁNDEZ MACÍAS
COLABORÓ: PAOLA GUTIÉRREZ BALDERAS
ÍNDICE TEMÁTICO
| | Apartado | Decisión | Págs. |
| I. | ANTECEDENTES. | Se presenta una síntesis de los conceptos de invalidez y trámite de la demanda. | 2-14 |
| II. | COMPETENCIA. | El Pleno es competente para conocer del presente asunto. | 14 |
| III. | PRECISIÓN DE LAS NORMAS, ACTOS U OMISIONES RECLAMADAS. | Se tiene como norma impugnada al artículo 64, fracción XIII, de la Constitución Política del Estado de Sonora contenido en la Ley Número 2, publicada en el Boletín Oficial del Estado de Sonora el cuatro de noviembre de dos mil veintiuno. |