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miércoles, 17 de junio de 2026

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ACUERDO por el que se modifican las Reglas Generales para la aplicación del estímulo fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología

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"Se publica una resolución, acuerdo o disposición de carácter general. La medida establece normas, procedimientos o cambios en política pública relevantes para ciudadanos o instituciones."

Se publica disposición de carácter administrativo o normativo
Afecta procedimientos, criterios o requisitos en sector específico
Requiere cumplimiento de autoridades, instituciones o ciudadanos según corresponda

Ciudadanos, instituciones o sector específico mencio por la disposición normativa.

Beneficiarios específicos dependen de naturaleza y alcance de cada disposición normativa.

Proporciona claridad normativa para procedimientos y requisitos en sector afectado
Facilita cumplimiento de obligaciones públicas o privadas según disposición
Implementación puede requerir recursos administrativos y ajustes operativos

La disposición responde a reformas administrativas, presiones fiscales o cambios de política pública. El contexto específico depende de sector y objetivo de la medida.

ACUERDO por el que se modifican las Reglas Generales para la aplicación del estímulo fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología.

COMITÉ INTERINSTITUCIONAL PARA LA APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FISCAL A LA INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TECNOLOGÍA.
El Comité Interinstitucional para la aplicación del estímulo fiscal a la Investigación y Desarrollo de Tecnología, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 202, quinto párrafo, fracciones I y IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ha tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN LAS REGLAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DEL ESTÍMULO FISCAL A LA
INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO DE TECNOLOGÍA
ÚNICO . Se REFORMAN las reglas 1, incisos c), g), k), p) y u); 2, primer párrafo; 4, párrafo tercero; 6, incisos c), e) y k); 8, incisos e) y h); 9, incisos b) y e); 12, primer párrafo y actuales párrafos segundo y tercero; 14; 16, párrafo tercero; 17, párrafo tercero; 18; 20 primer párrafo; 21; 24, párrafos segundo y noveno; 25; 28, primer párrafo; 29, primer párrafo; 30, inciso d) y el ANEXO ÚNICO, apartados A y B; se ADICIONAN las reglas 12, con un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes en su orden; 30, con un inciso f); para quedar como sigue:
I.          Definiciones
1.       ...
a)      a b) ...
c)      SECIHTI : Secretaría de Ciencia, Humanidades, Tecnología e Innovación.
d)      a f) ...
g)      Evaluación técnica: el procedimiento a partir del cual la Comisión de Evaluación analiza y evalúa técnicamente el proyecto de inversión en IDT, con base en los Lineamientos de Operación emitidos por la SECIHTI. La evaluación técnica que emita dicha Comisión no será vinculante para el Comité.
h)      a j) ...
k)      Página de Internet de la SECIHTI: la página de Internet con dirección https://secihti.mx/
l)       a o) ...
p)      Programas estratégicos: Programas definidos por la SECIHTI.
q)      a t) ...
u)      Sistema en línea: el sitio de Internet de la SECIHTI, desarrollado para el envío y recepción de las solicitudes para la aplicación del estímulo fiscal; el envío y recepción de los documentos digitalizados requeridos; la consulta de la información relacionada con el proyecto de inversión; la tramitación del estímulo fiscal; el seguimiento de los proyectos de inversión autorizados, y la consulta de las notificaciones que correspondan en términos de las presentes Reglas.
v)      ...

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DN

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