NOTA aclaratoria al Acuerdo mediante el cual se modifica la competencia de las Juntas Especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en los términos que se indican, publicado el 18 de marzo de 2025
7 min de lectura21 lecturas
Sinopsis Editorial
NOTA aclaratoria al Acuerdo mediante el cual se modifica la competencia de las Juntas Especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en los términos que se indican, publicado el 18 de marzo de 2025 .Fechas {margin-right:14.4pt;text-indent:0.0pt;text-align:justify;font-size
Documento Oficial
NOTA aclaratoria al Acuerdo mediante el cual se modifica la competencia de las Juntas Especiales de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, en los términos que se indican, publicado el 18 de marzo de 2025
NOTAaclaratoria al Acuerdo mediante el cual se modifica la competencia de las Juntas Especiales de la JuntaFederal de Conciliación y Arbitraje, en los términos que se indican, publicado el 18 de marzo de 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo yPrevisión Social.
NOTA ACLARATORIA AL "ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA LA COMPETENCIA DE LAS JUNTASESPECIALES DE LA JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, EN LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN"PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 18 DE MARZO DE 2025.
DICE:
PRIMERO.- Se modifica la competencia por materia y territorio de las Juntas Especiales 10, 12 BIS y 15con residencia en la Ciudad de México; 17 y 18 con residencia en Guadalajara, Jalisco; 19 y 20 con residenciaen Guadalupe, Nuevo León; 21 con residencia en Mérida, Yucatán; 23 con residencia en Hermosillo, Sonora;25 con residencia en Saltillo, Coahuila; 26 con residencia en Chihuahua, Chihuahua; 28 con residencia enGuanajuato, Guanajuato; 29 con residencia en Toluca, Estado de México; 30 con residencia en Morelia,Michoacán; 31 con residencia en Cuernavaca, Morelos; 32 con residencia en Oaxaca, Oaxaca; 34 conresidencia en San Luis Potosí, San Luis Potosí; 35 con residencia en Culiacán, Sinaloa; 36 con residencia enVillahermosa, Tabasco; 37 con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas; 43 con residencia en Acapulco,Guerrero; 45 con residencia en Veracruz, Veracruz; 46 con residencia en Tlaxcala, Tlaxcala; 48 con residenciaen Campeche, Campeche; 49 con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 50 con residencia en Querétaro,Querétaro; 51 con residencia en Pachuca, Hidalgo; 55 con residencia en Ciudad Juárez, Chihuahua; 58 conresidencia en La Paz, Baja California Sur; 59 con residencia en Tijuana, Baja California; 60 con residencia enReynosa, Tamaulipas y 61 con residencia en Tepic, Nayarit, de conocer actividades de todas las ramas de laindustria y empresas de competencia federal, radicadas en la circunscripción territorial que les corresponde,para dejar de ser competentes en conflictos laborales en contra de organismos descentralizados de laAdministración Pública Federal denominados Procuraduría Agraria, Sistema Nacional para el Desarrollo dela Familia y Aeropuertos y Servicios Auxiliares, en los términos siguientes:
DEBE DECIR:
PRIMERO.- Se modifica la competencia por materia y territorio de las Juntas Especiales 10, 12 BIS y 15con residencia en la Ciudad de México; 17 y 18 con residencia en Guadalajara, Jalisco; 19 y 20 con residenciaen Guadalupe, Nuevo León; 21 con residencia en Mérida, Yucatán; 23 con residencia en Hermosillo, Sonora;25 con residencia en Saltillo, Coahuila; 26 con residencia en Chihuahua, Chihuahua; 28 con residencia enGuanajuato, Guanajuato; 29 con residencia en Toluca, Estado de México; 30 con residencia en Morelia,Michoacán; 31 con residencia en Cuernavaca, Morelos; 32 con residencia en Oaxaca, Oaxaca; 34 conresidencia en San Luis Potosí, San Luis Potosí; 35 con residencia en Culiacán, Sinaloa; 36 con residencia enVillahermosa, Tabasco; 37 con residencia en Ciudad Victoria, Tamaulipas; 43 con residencia en Acapulco,Guerrero; 45 con residencia en Veracruz, Veracruz; 46 con residencia en Tlaxcala, Tlaxcala; 48 con residenciaen Campeche, Campeche; 49 con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas; 50 con residencia en Querétaro,Querétaro; 51 con residencia en Pachuca, Hidalgo; 55 con residencia en Ciudad Juárez, Chihuahua; 58 conresidencia en La Paz, Baja California Sur; 59 con residencia en Tijuana, Baja California; 60 con residencia enReynosa, Tamaulipas y 61 con residencia en Tepic, Nayarit, de conocer actividades de todas las ramas de laindustria y empresas de competencia federal, radicadas en la circunscripción territorial que les corresponde,para dejar de ser competentes en conflictos laborales en contra de organismos descentralizados de la
Especialistas en el monitoreo, clasificación y síntesis de las publicaciones del Diario Oficial de la Federación de México.
Centro de Ayuda
¿Te confunden los términos legales?
El Diario Oficial de la Federación utiliza un lenguaje técnico que puede ser difícil de interpretar. Hemos preparado recursos gratuitos para ayudarte a entender mejor esta publicación.
DECRETO por el que se incorporan al régimen obligatorio del seguro social, por lo que corresponde a las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y mat…
ACUERDO Secretarial Núm ACUERDOSecretarial Núm. 39/2026 por el que se da a conocer a la comunidad marítima y al público en general,la enmienda al Código para la…
ACUERDO Secretarial Núm ACUERDOSecretarial Núm. 40/2026 por el que se da a conocer a la comunidad marítima y al público en general,la enmienda al Convenio Inter…
ACUERDO por el que se expide el Reglamento del Servicio Profesional de Carrera para las Personas Agentes de Investigación e Inteligencia de la Secretaría de Seg…
SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA TÍTULO PRIMERO D
Leer →