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miércoles, 29 de abril de 2026

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SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 68/2024, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Lenia Batres Guadarrama

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SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 68/2024, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Lenia Batres Guadarrama

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 68/2024, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Lenia Batres Guadarrama

SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 68/2024, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Lenia Batres Guadarrama.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 68/2024
ACTOR: PODER EJECUTIVO FEDERAL
PONENTE: MINISTRA YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
COTEJÓ
SECRETARIO: MAURICIO TAPIA MALTOS
SECRETARIO AUXILIAR: RODRIGO ARTURO CUEVAS Y MEDINA
COLABORÓ: LUISA XIMENA CRISTÓBAL BARRERA
Acto impugnado:
Artículo 21, fracción I, numerales 5 y 6, de la Ley de Ingresos del Municipio de Juárez, Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2024, expedida mediante Decreto 612, publicado en el Periódico Oficial local, el veintidós de diciembre de dos mil veintitrés.
ÍNDICE TEMÁTICO
 
Apartado
Criterio y decisión
Págs.
I.
COMPETENCIA.
El Tribunal Pleno es competente para conocer y resolver el presente asunto.
12-13
II.
PRECISIÓN Y EXISTENCIA DEL ACTO
IMPUGNADO.
El Ejecutivo Federal efectivamente impugna el artículo 21, fracción I, en sus numerales 5 y 6, de la Ley de Ingresos del Municipio de Juárez, Estado de Coahuila de Zaragoza, para el Ejercicio Fiscal 2024, expedida mediante Decreto 612, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad el veintidós de diciembre de dos mil veintitrés.

Se requiere el texto original para fines legales

DN

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