SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 78/2019, así como los Votos Concurrentes de las señoras Ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf
Análisis Editorial
"El Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia dicta sentencia en acción de inconstitucionalidad, estableciendo criterios sobre constitucionalidad de leyes o actos."
Puntos clave
Sentencia de Tribunal Pleno de SCJN
Acción de inconstitucionalidad
Establece criterios de constitucionalidad
⚠️ Sectores afectados
A poderes públicos federales y estatales que deben acatar interpretación constitucional.
✅ Sectores beneficiados
A ciudadanía mediante clarificación de derechos y límites al poder público.
👍 Impactos Positivos
● Establece precedentes sobre constitucionalidad de leyes
● Protege derechos fundamentales
👎 Desafíos o Riesgos
● Puede afectar leyes existentes generando cambios normativos
Contexto y Antecedentes
Las acciones de inconstitucionalidad son mecanismo de control constitucional ante leyes que vulneran Constitución.
Documento Oficial
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 78/2019, así como los Votos Concurrentes de las señoras Ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 78/2019
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
PONENTE: MINISTRO ALBERTO PÉREZ DAYÁN
COTEJÓ
SECRETARIO: ÓSCAR VÁZQUEZ MORENO
COLABORÓ: DANIELA RODRÍGUEZ JUNQUERA GONZÁLEZ
ÍNDICE TEMÁTICO
Acto impugnado: Decreto número 48 por el que se reforma el Código Penal del Estado de México, publicado en la Gaceta Oficial del Gobierno de dicha entidad, el doce de junio de dos mil diecinueve.
| | Apartado | Criterio y decisión | Pág. |
| I. | COMPETENCIA | El Pleno de la Suprema Corte es competente para conocer del presente asunto. | 7 |
| II. | OPORTUNIDAD | La acción de inconstitucionalidad se presentó de manera oportuna. | 7 |
| III. | LEGITIMACIÓN | La parte actora cuenta con legitimación activa. |