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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

OFICIO 500-05-2025-10773 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación

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"El SAT publica el listado global definitivo, conforme al párrafo cuarto del artículo 69-B del Código Fiscal, de contribuyentes que no lograron desvirtuar la presunción de haber emitido comprobantes por operaciones inexistentes. Con ello quedan confirmados como emisores de facturas sin sustento (EFOS definitivos)."

Confirma de forma definitiva a contribuyentes que facturaron operaciones inexistentes
Aplica el párrafo cuarto del artículo 69-B del CFF
Los comprobantes emitidos pierden efectos fiscales

Las empresas listadas y todos los contribuyentes que dedujeron o acreditaron sus comprobantes.

El fisco y los contribuyentes cumplidos, al invalidarse las facturas simuladas.

Da firmeza jurídica al combate de la facturación falsa
Protege la recaudación frente a deducciones improcedentes
Los clientes de buena fe deben corregir su situación fiscal o demostrar la materialidad

Cuando un contribuyente presunto bajo el 69-B no desvirtúa los hechos en el plazo legal, el SAT lo incluye en el listado definitivo. A partir de ahí, los comprobantes que emitió no producen efectos fiscales y sus clientes deben acreditar la realidad de las operaciones.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

sistema (migración retroactiva: contenido ya publicado antes del gate editorial)

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 12/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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