OFICIO 500-05-2025-10773 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo cuarto del Código Fiscal de la Federación
"El SAT publica el listado global definitivo, conforme al párrafo cuarto del artículo 69-B del Código Fiscal, de contribuyentes que no lograron desvirtuar la presunción de haber emitido comprobantes por operaciones inexistentes. Con ello quedan confirmados como emisores de facturas sin sustento (EFOS definitivos)."
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Las empresas listadas y todos los contribuyentes que dedujeron o acreditaron sus comprobantes.
✅ Sectores beneficiados
El fisco y los contribuyentes cumplidos, al invalidarse las facturas simuladas.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Contexto y Antecedentes
Cuando un contribuyente presunto bajo el 69-B no desvirtúa los hechos en el plazo legal, el SAT lo incluye en el listado definitivo. A partir de ahí, los comprobantes que emitió no producen efectos fiscales y sus clientes deben acreditar la realidad de las operaciones.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
sistema (migración retroactiva: contenido ya publicado antes del gate editorial)
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 12/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
¿Te confunden los términos legales?
El Diario Oficial de la Federación utiliza un lenguaje técnico que puede ser difícil de interpretar. Hemos preparado recursos gratuitos para ayudarte a entender mejor esta publicación.
· · ·