ACUERDO por el que se modifican diversos artículos de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el expendio simultáneo de Petrol
Análisis Editorial
"Se modifican Lineamientos de Seguridad para expendio simultáneo de Petróleo y Diésel en estaciones. Cambios modernizando regulación de gasolineras y seguridad operativa del sector."
Puntos clave
Modificación de lineamientos para expendio simultáneo de combustibles
Seguridad operativa en estaciones de servicio
Actualización de normatividad de gasolineras
⚠️ Sectores afectados
Establece nuevas obligaciones operativas para estaciones de servicio.
✅ Sectores beneficiados
Beneficia a usuarios de gasolineras con mayor seguridad en despacho.
👍 Impactos Positivos
● Moderniza regulación de gasolineras mejorando seguridad
● Actualiza normatividad a prácticas actuales de operación
👎 Desafíos o Riesgos
● Cambios pueden requerir inversión en infraestructura de estaciones
Contexto y Antecedentes
Expendio simultáneo de petróleo y diésel es práctica común en gasolineras mexicanas. Lineamientos buscan mantener seguridad operativa.
Documento Oficial
ACUERDO por el que se modifican diversos artículos de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los Lineamientos de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y Protección al Medio Ambiente, para el expendio simultáneo de Petrolíferos y/o Gas Natural.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Medio Ambiente.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.- ASEA.- Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente.
ARMANDO OCAMPO ZAMBRANO, Director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, con fundamento en el artículo Décimo Noveno Transitorio, segundo párrafo, del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación 20 de diciembre de 2013; y en los artículos 1o., 2o., 3o., fracción XI, incisos c. d. y e., 5o., fracciones III, IV, VI y XXX, 6, fracción I, incisos a) y