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miércoles, 17 de junio de 2026

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Diario Oficial de la Federación

RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Rancho Casa de Piedra con una superficie de 19-80-33

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"Se declara como propiedad nacional el predio Rancho Casa de Piedra ubicado en Tecate, Baja California con superficie de casi 20 hectáreas. La declaratoria resuelve solicitud de enajenación de 2014."

Declaratoria de propiedad nacional de predio en Baja California
Resolución de trámite de enajenación iniciado en 2014
Transferencia de dominio privado a patrimonio estatal

Afecta al solicitante José Ramón Zamora de la Mora que pierde dominio sobre el predio declarado nacional.

Beneficia al Estado mexicano que adquiere propiedad para fines de utilidad pública.

Aumenta patrimonio nacional disponible para proyectos públicos
Resuelve trámite que duró más de 10 años con certidumbre legal
Pérdida de derechos de propiedad privada sobre terreno específico

Solicitud presentada el 22 de julio de 2014. SEDATU es responsable de declaratorias de terrenos nacionales según Ley de Bienes Nacionales.

RESOLUCIÓN que declara como terreno nacional el predio Rancho Casa de Piedra con una superficie de 19-80-33.563 hectáreas, ubicado en el Municipio de Tecate, B.C.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Desarrollo Territorial.- Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano.- Subsecretaría de Ordenamiento Agrario e Inventarios de la Propiedad.- Dirección General de Terrenos Nacionales.- Dirección de Terrenos Nacionales.

EXPEDIENTE:                      DGARPR.SOTN.02BC/003.2019
PREDIO:                             RANCHO CASA DE PIEDRA
MUNICIPIO:                         TECATE
ESTADO:                            BAJA CALIFORNIA
SOLICITANTE:                     JOSÉ RAMÓN ZAMORA DE LA MORA
SUPERFICIE ANALÍTICA:       19-80-33.563 HECTÁREAS
RESOLUCIÓN DE DECLARATORIA DE TERRENO NACIONAL
Vistas las constancias de autos del expediente en que se actúa, tramitado ante la entonces Dirección General de Ordenamiento de la Propiedad Rural (DGOPR) de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU), es de dictar resolución con base en los siguientes:
RESULTANDOS
1. El 22 de julio de 2014, José Ramón Zamora de la Mora, presentó en la Oficina de Representación de Baja California de la SEDATU, la solicitud de enajenación onerosa respecto del predio " Rancho Casa de Piedra " , con una superficie de 20-00-00 (veinte hectáreas), ubicado en el municipio de Tecate, estado de Baja California, anexando Acta de Nacimiento, copia simple de la Credencial para Votar, Acta Circunstanciada de levantamiento topográfico, contrato de promesa de compraventa e Instrumento Notarial Número 36,375 con un plano topográfico, del referido predio (fojas 1 a 18).
2. El 11 de agosto de 2014, Fernanda Elvira Villafranca Aguirre en su calidad de Delegada Estatal en Baja California de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, emitió Acuerdo de Radicación, respecto a la solicitud de enajenación onerosa de José Ramón Zamora de la Mora referente al predio denominado " Rancho Casa de Piedra " (foja 19).
3. A efecto de determinar la naturaleza jurídica del predio, en términos del artículo 102 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, se ordenó la investigación de antecedentes registrales y catastrales (fojas 20 a 22).
4. El 4 de septiembre de 2014, el Departamento de Catastro y Control Inmobiliario del H Ayuntamiento Constitucional de Tecate, Baja California, indicó: "... que en nuestros archivos no existe registro del predio con superficie y nombre ..." (foja 27). El 3 de octubre de 2014, El Registro Agrario Nacional, contestó por oficio No. DNR/2882/2014, que: "... no se localizaron Antecedentes Registrales del Predio de referencia, ni de dicha persona. " (foja 28); el 10 de octubre de 2014, por oficio 687, el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, manifestó que: "...