ACUERDO por el que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros hace del conocimiento del público en general, la suspensión de los términos y plazos, así como la atención presencial en la Unidad de Atención a
"Se publicó en el DOF: "ACUERDO por el que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros hace del conocimiento del público en general, la suspensión de los términos y plazos, así como la atención presencial en la Unidad de Atención a". Asimismo, que dentro de dichos plazos y términos no se deben considerar los días inhábiles."
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Contribuyentes, contadores y asesores fiscales
✅ Sectores beneficiados
Sectores regulados que obtengan certeza jurídica con estas disposiciones
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Contexto y Antecedentes
Esta publicación se enmarca en Ley Federal de las Entidades Paraestatales, que es el ordenamiento principal que regula la materia.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
sistema (migración retroactiva: contenido ya publicado antes del gate editorial)
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 12/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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