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miércoles, 29 de abril de 2026

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ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales

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"Se publicó "ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales". Establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad, ente, entidad,..."

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio

Dependencias gubernamentales, sector privado regulado y ciudadanía en general

Ciudadanía en general al fortalecer la rendición de cuentas

Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
Moderniza el marco regulatorio existente
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Esta publicación se enmarca en Ley General de Transparencia y Acceso a la Informaci, que es el ordenamiento principal que regula la materia. Se trata de una modificación al marco normativo vigente, lo que indica una actualización regulatoria que responde a cambios en el contexto social, económico o institucional del país.

ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales

ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que establece las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Órgano de Administración Judicial.- AG-POAJ-002/2026.

El Pleno del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación, con fundamento en los artículos 94, párrafo segundo, 99, párrafo décimo y 100, párrafos décimo segundo y décimo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 70, 80, fracción II, y 91, tercer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y
CONSIDERANDO
1.       Que el 15 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, a partir del cual se estableció que la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación estará a cargo del Órgano de Administración Judicial.
2.       Que de conformidad con el artículo 100, párrafo decimosegundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Órgano de Administración Judicial contará con independencia técnica y de gestión, y será responsable de la administración y carrera judicial del Poder Judicial.
3.       Que el 20 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de simplificación orgánica mismo que reconfiguró el artículo 6o. para establecer que toda persona tiene derecho a acceder a la información pública y que las autoridades están obligadas a proveerla de manera accesible y expedita; así como que el estado deberá garantizar que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad o persona sea pública y accesible. De igual manera reconoce el derecho a la protección de datos personales en posesión de sujetos públicos y privados.
4.       Que de conformidad con el artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación el Órgano de Administración Judicial cuenta con independencia técnica y de gestión para emitir sus resoluciones, y tendrá a su cargo la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación, velando por su buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad.
5.       Que la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025 tiene por objeto establecer los principios, bases generales y procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad, ente, entidad, institución, órgano, organismo o equivalente de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de los tres niveles de gobierno entre otros, así como distribuir las competencias de las Autoridades garantes en materia de transparencia y acceso a la información pública, conforme a sus respectivos ámbitos de responsabilidad.
6.       Que la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 2025 tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados; distribui

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Equipo Editorial DOF Noticias

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