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domingo, 15 de marzo de 2026

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ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E031, Servicios de Atención a la Salud para el ejercicio fiscal 2026

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Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio
⚠️

Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Pacientes y usuarios del sistema de salud público

👍
Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Fortalece la transparencia y la rendición de cuentas
Refuerza la protección de derechos de los ciudadanos
👎
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Análisis generado por IA con fines informativos

🔍

Esta publicación se enmarca en Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E031, Servicios de Atención a la Salud para el ejercicio fiscal 2026

ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Presupuestario E031, Servicios de Atención a la Salud para el ejercicio fiscal 2026.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Salud.- Secretaría de Salud.

DAVID KERSHENOBICH STALNIKOWITZ, Secretario de Salud, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1 y 6 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3, fracción XXII, 27, y el Anexo 26 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2026; así como 2, apartado A, fracción V, 3, 6, párrafo primero, 7, fracción XVII y XXXV,13, 21, 22 y 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que el Programa Presupuestario E031 "Servicios de Atención a la Salud" forma parte de los instrumentos programáticos del Ramo Administrativo 12 "Salud", bajo la modalidad E (Prestación de servicios públicos), y tiene como propósito garantizar el acceso efectivo y equitativo a los servicios médicos de especialidad y alta especialidad para la población sin seguridad social.
Que la Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad (CCINSHAE), en términos de los artículos 13, 21, 22 y 23 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cuenta con atribuciones para coordinar, supervisar y evaluar la operación de los Institutos Nacionales de Salud y Hospitales Federales de Referencia, así como para emitir disposiciones y lineamientos técnicos relacionados con su operación y desempeño.
Que los Lineamientos para la dictaminación de la consistencia programática entre los Programas para el Bienestar y los Programas Presupuestarios, publicados mediante Oficio No. 419/UPER/2025/0516 suscrito por la Unidad de Política y Estrategia para Resultados de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de fecha 30 de septiembre de 2025, establecen los criterios y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para asegurar la congruencia entre los objetivos, población objetivo, recursos y resultados esperados de los programas presupuestarios y los programas para el bienestar asociados.
Que, en cumplimiento de dichos Lineamientos, resulta necesario fortalecer la consistencia programática, normativa y operativa del Programa E031 mediante la identificación precisa del problema público, la definición de objetivos con enfoque en resultados, la integración de indicadores estratégicos y de gestión, así como la descripción clara de los mecanismos de operación, seguimiento y evaluación.
Que la Ley General de Salud, la Ley de Planeación y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, en sus disposiciones aplicables, obligan a que los programas presupuestarios guarden coherencia con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y con el Programa Sectorial de Salud 2025-2030, particularmente en lo relativo a la garantía del derecho a la protección de la salud y al fortalecimiento de la atención médica especializada.
Que, en observancia de los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez previstos en el artículo 134 constitucional, las dependencias y entidades ejecutoras del Programa deberán establecer mecanismos de control, seguimiento y rendición de cuentas que aseguren el uso racional de los recursos públicos y la obtención de resultados verificables.
Que el Programa deberá incorporar los enfoques de derechos humanos, igualdad sustantiva, inclusión y no discriminación, conforme a lo dispuesto en los artículos 1º, 2º y 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como a la legislación y políticas públicas aplicables en materia de género, discapacidad, pueblos indígenas y grupos en situación de vulnerabilidad.
Que, con el objeto de establecer los lineamientos técnicos, normativos y programáticos que orienten la operación, seguimiento, evaluación y dictaminación del Programa Presupuestario E031, en congruencia con los objetivos nacionales de bienestar y con las prioridades del sector salud, he tenido a bien expedir el siguiente
ACUERDO
Fuente: Diario Oficial de la Federación. Para efectos legales, consulte el texto original.

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