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miércoles, 29 de abril de 2026

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OFICIO mediante el cual se otorga autorización a HIR Compañía de Seguros Daños, S

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"Se publicó en el DOF: "OFICIO mediante el cual se otorga autorización a HIR Compañía de Seguros Daños, S". de C.V., para organizarse, operar y funcionar como institución de seguros. 06-C00-41100-00848/2026.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios."

Publicado en el Diario Oficial de la Federación
Disposición de cumplimiento obligatorio

Contribuyentes, contadores y asesores fiscales

Sociedad en general al contar con un marco normativo actualizado

Brinda certeza jurídica al establecer reglas claras y oficiales
Su publicación en el DOF garantiza difusión oficial y aplicabilidad uniforme
Su implementación requiere difusión adecuada para asegurar el conocimiento de los obligados
Podría requerir regulación secundaria para su correcta aplicación

Esta publicación se enmarca en Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, que es el ordenamiento principal que regula la materia.

OFICIO mediante el cual se otorga autorización a HIR Compañía de Seguros Daños, S

OFICIO mediante el cual se otorga autorización a HIR Compañía de Seguros Daños, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como institución de seguros.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.- Presidencia.- Expediente: C00.411.3S.2"24".- Oficio No. 06-C00-41100-00848/2026.- Vicepresidencia Jurídica.- Dirección General Jurídica Consultiva y de Intermediarios.

JACOBO JUSTINO HIRSCHHORN ROTHSCHILD
GRUPO HIR ADMINISTRADOR DE RIESGOS, S.A.P.I. DE C.V.
Paseo de los Tamarindos No. 400, Piso 7, Torre Arcos, Letra B
Colonia Bosques de las Lomas
Alcaldía Cuajimalpa de Morelos
C.P. 05120, Ciudad de México
ASUNTO:    Autorización a HIR Compañía de Seguros Daños, S.A. de C.V., para organizarse, operar y funcionar como institución de seguros.
El Gobierno Federal, a través de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, previo Acuerdo de su Junta de Gobierno, con fundamento en los artículos 2, fracción I, 17, 26 y 31, fracción VIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4, apartado G, fracción III, 48 y 49 del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; 11, 12, 25, párrafo primero, fracción III, incisos a), c), j) y k), 41, fracciones I a VI y VIII, 47, 366, fracción VIII, 367, fracciones I y II, 369, fracción II, 370, último párrafo, 372, fracción XLI, y 373 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas; 30-E, fracción IV, de la Ley Federal de Derechos; en las Disposiciones 2.1.1., a 2.1.4., en los Capítulos 39.1. y 39.6. y en el Anexo 2.1.3-a de la Circular Única de Seguros y Fianzas; así como en los artículos 4, fracciones I y II, 6 y 9 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, emite las presentes Resoluciones en atención a los siguientes Antecedentes y Considerandos:
ANTECEDENTES
PRIMERO.- Por escritos recibidos en la oficialía de partes de esta Comisión el 27 de noviembre de 2024, 31 de enero, 24 de marzo, 3 de junio, 18 de julio, 8 y 29 de agosto y 29 de octubre de 2025, respectivamente, Jacobo Justino Hirschhorn Rothschild, por su propio derecho y en nombre y representación de Grupo HIR Administrador de Riesgos, S.A.P.I. de C.V., solicitaron a este órgano desconcentrado autorización para la organización, operación y funcionamiento de una institución de seguros a denominar HIR COMPAÑÍA DE SEGUROS DAÑOS, S.A. DE C.V., que pretende practicar la operación de seguros de daños, en los ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, incendio, riesgos catastróficos y diversos.
SEGUNDO.- La solicitud de autorización fue sometida a la Junta de Gobierno de esta Comisión la cual, tomando en consideración la opinión favorable de su Comité de Autorizaciones, acordó en su Sesión 249 celebrada el 30 de octubre de 2025, lo siguiente:
«ÚNICO.- OTORGA autorización para que Jacobo Justino Hirschhorn Rothschild y Grupo HIR Administrador de Riesgos, S.A.P.I. de C.V., lleven a cabo la organización, operación y funcionamiento de una institución de seguros a denominar "HIR Compañía de Seguros Daños, S.A. de C.V.", cuyo objeto será la práctica de la operación de seguros de daños en los ramos de responsabilidad civil y riesgos profesionales, incendio, riesgos catastróficos y diversos; con domicilio social en la Ciudad de México, y un capital social fijo sin derecho a retiro de $80<

Se requiere el texto original para fines legales

DN

Escrito por

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Análisis Editorial

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