OFICIO 500-05-2025-36130 mediante el cual se comunica listado de contribuyentes que desvirtuaron la presunción de inexistencia de operaciones prevista en el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación
"Se publica un listado de contribuyentes que lograron desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones fiscales, tras procesos legales. Esto es relevante porque confirma que estas empresas demostraron la validez de sus operaciones ante el SAT."
Tipo
oficio
Impacto
medio
Vigencia
El listado es efectivo desde su publicación en el DOF.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
contribuyentes incluidos en el listado
✅ Sectores beneficiados
contribuyentes que lograron desvirtuar la presunción
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El artículo 69-B del Código Fiscal permite al SAT presumir la inexistencia de operaciones si detecta irregularidades en comprobantes fiscales. Los contribuyentes pueden desvirtuar esta presunción mediante recursos legales.
Preguntas frecuentes
¿Qué significa desvirtuar la presunción de inexistencia de operaciones?
Significa que el contribuyente demostró, mediante pruebas legales, que las operaciones fiscales cuestionadas por el SAT sí existen y son válidas.
¿Qué debo hacer si mi empresa está en el listado?
Verificar los detalles de la resolución y asegurarse de que se cumplan las obligaciones fiscales correspondientes.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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