AVISOpor el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa quepresentó el C. Francisco Diego Bernabé y firmantes de la agrupación denominada Iglesia Católica Apostólica SiroOrtodoxa de Antioquia en elSur Occidente de la República Mexicana.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Gobernación.- Secretaríade Gobernación.- Subsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos.- Unidadde Asuntos Religiosos, Prevención Social y la Reconstrucción del Tejido Social.- Dirección General deAsuntos Religiosos.
JUAN MARCOS FIERRO CORREA, Director General de Asuntos Religiosos, con fundamento en losartículos 14, párrafo primero, 16, párrafo primero y 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la AdministraciónPública Federal; 2o., 3o., 7o., 25 y 26 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público; 4 de la LeyFederal de Procedimiento Administrativo; 3o., 7o., 9o. y 10 del Reglamento de la Ley de AsociacionesReligiosas y Culto Público, así como 3, apartado A, fracción III, inciso d), numeral 2, y 91, fracción V delReglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 130 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que las iglesiasy demás agrupaciones religiosas se sujetarán a lo dispuesto por la Ley de la materia, cuyas disposicionesestarán enfocadas a la regulación de las asociaciones religiosas respecto de las condiciones y requisitos parasu registro constitutivo, entre otras disposiciones;
Que la Secretaría de Gobernación es una dependencia de la Administración Pública Federal, la cual, deacuerdo con el artículo 27, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta conatribuciones para garantizar el carácter laico del Estado mexicano; conducir las relaciones entre el Estado ylas iglesias o agrupaciones religiosas, así como para vigilar y hacer cumplir las disposiciones constitucionalesy legales en la materia;
Que el artículo 6o. de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público señala que las iglesias y lasagrupaciones religiosas tendrán personalidad jurídica como asociaciones religiosas una vez que obtengan sucorrespondiente registro constitutivo ante la Secretaría de Gobernación. Al respecto, el artículo 7o. de lamisma Ley establece los requisitos que deberán acreditar los solicitantes del registro constitutivo de unaasociación religiosa y determina que un extracto de la solicitud del registro deberá publicarse en el DiarioOficial de la Federación;
Que el artículo 3o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público refiere que laaplicación de dicho ordenamiento corresponde a la Secretaría de Gobernación, por conducto de laSubsecretaría de Construcción de Paz, Participación Social y Asuntos Religiosos, y de la Dirección Generalde Asuntos Religiosos;
Que el artículo 7o. del referido Reglamento establece que las iglesias y las agrupaciones religiosas, asícomo las entidades o divisiones internas de las mismas, podrán obtener el registro constitutivo comoasociación religiosa, con el que adquirirán personalidad jurídica. Del mismo modo determina que dichasolicitud deberá ser tramitada ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, la cual, una vez integradodebidamente el expediente de la solicitud de registro, mandará a publicar un extracto de esta en el DiarioOficial de la Federación. Adicionalmente, el artículo 11 de dicho reglamento señala que en caso de que untercero se oponga al trámite de registro publicado en el referido órgano de difusión tendrá veinte días hábilespara presentar su oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos, anexando loselementos de prueba en que funde la misma, y
Que en fecha 23 del mes de septiembre de 2025, la agrupación religiosa denominada Iglesia CatólicaApostólica Siro Ortodoxa de Antioquia en el Sur Occidente de la República Mexicana, ubicada en el municipiode La Trinitaria, Estado de Chiapas, presentó su solicitud de registro ante la Dirección General de AsuntosReligiosos, por lo cual, una vez integrado el expediente de la solicitud, y a fin de dar cumplimiento a loestablecido en la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su reglamento, he tenido a bienemitir el siguiente:
AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL EXTRACTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO
CONSTITUTIVO COMO ASOCIACIÓN RELIGIOSA QUE PRESENTÓ EL C. FRANCISCO DIEGO
BERNABÉ Y FIRMANTES DE LA AGRUPACIÓN DENOMINADA IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA
SIRO ORTODOXA DE ANTIOQUIA EN EL SUR OCCIDENTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA
PRIMERO. Se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosaque presentó el C. FRANCISCO DIEGO BERNABÉ Y FIRMANTES de la agrupación denominada IGLESIACATÓLICA APOSTÓLICA SIRO ORTODOXA DE ANTIOQUIA EN EL SUR OCCIDENTE DE LA REPÚBLICAMEXICANA, presentada en los términos siguientes:
En cumplimiento a lo dispuesto por el último párrafo del artículo 7o. de la Ley de Asociaciones Religiosas yCulto Público; en relación con los diversos 8o. y 10 de su Reglamento, se publica el correspondiente extractode la solicitud de registro de la agrupación religiosa denominada IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA SIROORTODOXA DE ANTIOQUIA EN EL SUR OCCIDENTE DE LA REPÚBLICA MEXICANA, para constituirseen asociación religiosa, solicitud presentada en la Dirección General de Asuntos Religiosos, para su trámiterespectivo; cuyos datos principales son los que a continuación se señalan:
I.- Domicilio: calle sin nombre y sin número, ranchería Tres Hermanos La Esmeralda, municipio de LaTrinitaria, Estado de Chiapas, C.P. 30160.
II.- Bienes inmuebles: se relacionó para cumplir con su objeto un inmueble denominado Parroquia SiroOrtodoxo de Antioquia "El Espíritu Santo", ubicado en: calle sin nombre y sin número, ranchería TresHermanos La Esmeralda, municipio de La Trinitaria, Estado de Chiapas, C.P. 30160, manifestado de maneraunilateral como susceptible de incorporarse al patrimonio.
III.- Estatutos: presentó estatutos, que contienen las bases fundamentales de su doctrina, la determinaciónde los asociados, ministro de culto y representantes, mismos que señalan como objeto, el siguiente:"Promover la forma cristiana de vida, de acuerdo con la fe y las doctrinas de la Iglesia Católica ApostólicaSiro-Ortodoxa de Antioquia..."
IV.- Se exhiben las pruebas suficientes que acreditan que la agrupación religiosa cuenta con notorioarraigo entre la población.
V.- Representante: Francisco Diego Bernabé.
VI.- Exhiben la Relación de asociados, para dar cumplimiento a lo dispuesto por la fracción VI del artículo8o. del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.
VII.- Exhiben el convenio propuesto a la Secretaría de Relaciones Exteriores, para dar cumplimiento a lodispuesto en la fracción I del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
VIII.- Órgano de Dirección o Administración: de conformidad con los estatutos exhibidos, se denomina"Junta Directiva", integrada por las personas y cargos siguientes: Francisco Diego Bernabé, Presidente;Ignacio Gómez Antonio, Secretario; y Berenice Gómez Pedro, Tesorera.
IX.- Ministro de Culto: Emanuel Ramírez Morales.
X.- Credo Religioso: cristiano católico ortodoxo de Antioquia.
SEGUNDO. En cumplimiento a lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Reglamento de la Leyde Asociaciones Religiosas y Culto Público se notifica el extracto de la resolución a efecto de que laspersonas físicas, asociaciones religiosas, agrupaciones religiosas o iglesias que pudieran considerarseafectadas en su esfera jurídica comparezcan dentro del término de veinte días hábiles, contados a partir deldía siguiente de esta publicación a presentar su oposición ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
Para efectos de lo anterior, el expediente de la solicitud de referencia estará a la vista de los interesadospara su consulta en dicha Dirección General durante el término señalado en el párrafo anterior.
TRANSITORIOS
ÚNICO. El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficialde laFederación.
Dado en la Ciudad de México, a los dos días del mes de abril del año dos mil veintiséis.- El DirectorGeneral de Asuntos Religiosos, Juan Marcos Fierro Correa.- Rúbrica.