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martes, 28 de abril de 2026

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AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México.

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AVISO por el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México

AVISOpor el que se dan a conocer las bases de regulación tarifaria para el cobro por el uso de infraestructura portuaria,aplicables en diversos puertos de México.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Marina.- Secretaría de Marina.

MARÍA MARISA ABARCA HERNÁNDEZ, Capitán de Altura, Directora General de Puertos, con fundamento en losartículos 30, fracciones XIV Bis, XIV Quáter y XXVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o, 4o,fracción III, 16, fracciones II y XIV, 40, fracción X, 59, 60 y 61, dela Ley de Puertos; 1, 3 y 137, del Reglamento de la Ley dePuertos; la Regulación Tarifaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de diciembre de 1999; y en ejercicio delas facultades que me confieren los artículos 1, 3, fracción IX, 4 fracción III, inciso b), numeral 1, 15 y 23, fracciones VIII yXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Marina, y
CONSIDERANDO
Que la Secretaría de Marina, como Autoridad en materia de Puertos, tiene a su cargo las atribuciones conferidas por lasleyes, Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos, de Puertos, así como lostratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, para el control de los puertos, terminales, marinas einstalaciones portuarias, su construcción, uso, aprovechamiento, explotación, operación y formas de administración, asícomo para la prestación de los servicios portuarios;
Que la Secretaría de Marina, por conducto de la Dirección General de Puertos, tiene dentro de sus atribuciones, elestablecer las bases de regulación tarifaria y de precios para el uso de determinados bienes en puertos, terminales, marinasy para la prestación de los servicios cuando no existan opciones portuarias o de otros modos de transporte que propicien unambiente de competencia razonable;
Que fueron recibidas diversas solicitudes en la Ventanilla de Gestión de Trámites de la Unidad de la Autoridad MarítimaNacional, para el ajuste de actualización de las bases de regulación tarifaria por el uso de infraestructura portuaria,aplicables en diversos puertos de México, mismas que fueron autorizadas porla Dirección General de Puertos, y
Que de conformidad con el artículo 137 del Reglamento de la Ley de Puertos, las bases de regulación tarifaria entraránen vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, por lo que hetenido a bien emitir el siguiente:
"AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS BASES DE REGULACIÓN TARIFARIAPARA EL COBRO POR EL USO
DE INFRAESTRUCTURA PORTUARIA,APLICABLES EN DIVERSOS PUERTOS DE MÉXICO."
ÚNICO.- Se hace del conocimiento del público en general, que fueron actualizadas las bases de regulación tarifaria parael cobro por el uso de infraestructura portuaria, aplicables en diversos puertos de México, mismas que pueden serconsultadas en las páginas electrónicas siguientes:
Prestador del servicio
Puerto
Administración del Sistema Portuario Nacional Coatzacoalcos, S.A. de C.V.
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/1129_2026.pdf
Coatzacoalcos, Ver.
Administración del Sistema Portuario Nacional Veracruz, S.A. de C.V.
www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/1408_2026.pdf
Veracruz, Ver.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente aviso entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial dela Federación.
SEGUNDO.- Las bases de regulación tarifaria a que se refiere el presente aviso, entrarán en vigor a partir de los veintedías hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Atentamente
Ciudad de México, a 8 de abril de 2026.- La Directora General de Puertos, Capitán de Altura María Marisa AbarcaHernández.- Rúbrica.

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