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martes, 1 de septiembre de 2026

DOF Noticias

Diario Oficial de la Federación

OFICIO 700 04 00 00 00 2026-061 mediante el cual se da a conocer el listado de Prestadores de Servicios Digitales Inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes, en términos del artículo 18-D, primer párrafo, fracción I, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente.

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"La Administración Tributaria publica el listado de empresas extranjeras de servicios digitales inscritas en México para cobrar impuestos al valor agregado. Esta medida busca que plataformas internacionales paguen impuestos sobre ventas a mexicanos."

Obligatoriedad: Residentes en el extranjero sin sucursal en México que venden servicios digitales localmente deben inscribirse
Cumplimiento fiscal: La lista permite verificar que paguen el IVA del 16 por ciento
Transparencia: Publicación oficial del registro de contribuyentes

A empresas extranjeras de plataformas digitales (Netflix, Uber, Spotify, etc.) que generan ingresos en México.

Al erario público, que recauda impuestos de servicios digitales hasta ahora poco regulados.

Aumenta recaudación tributaria del gobierno federal
Formaliza un sector que crecía sin fiscalización
Podría encarecer servicios digitales para usuarios mexicanos

Este requisito se alinea con reformas globales de países como España, Italia y Francia que buscan que las grandes plataformas paguen impuestos locales según la OCDE.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

sistema (migración retroactiva: contenido ya publicado antes del gate editorial)

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 12/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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