CIRCULAR 11/2026 dirigida a las instituciones de crédito, las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas que mantengan vínculos patrimoniales con instituciones de crédito y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, relativa a las Modificaciones a la Circular 3/2012 (Niveles de operación de cuentas de depósito a la vista).
"El Banco de México publicó la Circular 11/2026, que modifica la Circular 3/2012 para aumentar los niveles de operación de cuentas de depósito a la vista en moneda nacional. El cambio busca fomentar el uso de medios de pago digitales y adaptarse a las necesidades de los usuarios, incentivando transferencias electrónicas y pagos con tarjeta."
Tipo
circular
Impacto
medio
Vigencia
La circular no especifica fecha de entrada en vigor; se espera que sea publicada en el DOF y entre en vigor al día siguiente de su publicación, según práctica común.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Instituciones de crédito, SOFOMES reguladas con vínculos patrimoniales con bancos, y la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, que deberán ajustar sus sistemas y procesos para implementar los nuevos niveles.
✅ Sectores beneficiados
Personas físicas mexicanas que podrán acceder a cuentas con mayores límites de depósito y más opciones para manejar su dinero digitalmente.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
La Circular 3/2012 del Banco de México establece las disposiciones para cuentas de depósito a la vista. Esta modificación responde a la estrategia de Banxico para promover la inclusión financiera y reducir el uso de efectivo, alineándose con tendencias globales de digitalización de pagos. El aumento de niveles busca dar más flexibilidad a los usuarios, especialmente a personas físicas, para manejar montos mayores sin necesidad de cuentas complejas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el nivel 2 Bis en cuentas de depósito a la vista?
Es un nuevo nivel de cuenta creado por Banxico, exclusivo para personas físicas mexicanas residentes en el país, con un límite de abonos mensuales de 15,000 UDIS, de los cuales solo 3,000 pueden ser en efectivo.
¿Cuándo entra en vigor la Circular 11/2026?
La circular no especifica la fecha de entrada en vigor; generalmente entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
¿A quién aplica esta circular?
Aplica a instituciones de crédito, SOFOMES reguladas con vínculos patrimoniales con bancos y a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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