ACUERDO por el que se emite la tercera modificación a la Segunda Convocatoria para la atención prioritaria de solicitudes de permisos de generación de energía eléctrica e interconexión al Sistema Eléctrico Nacional, alineados a la planeación vinculante.
"La Secretaría de Energía publicó la tercera modificación a la Segunda Convocatoria para permisos de generación eléctrica e interconexión al Sistema Eléctrico Nacional, ajustando las fechas y plazos del calendario para la atención de solicitudes. Esta modificación busca garantizar la transparencia y objetividad en el proceso, y afecta a los interesados en desarrollar proyectos de generación de energía eléctrica de 0.7 MW o más."
Tipo
acuerdo
Impacto
medio
Vigencia
El acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, según lo establecido en el artículo transitorio.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Personas físicas o morales interesadas en obtener permisos de generación de energía eléctrica e interconexión al Sistema Eléctrico Nacional, así como a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y al Centro Nacional de Control de Energía (CENACE).
✅ Sectores beneficiados
Inversionistas y desarrolladores de proyectos de generación eléctrica que buscan permisos, al tener un calendario claro y plazos definidos.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
La Segunda Convocatoria se publicó originalmente el 11 de mayo de 2026 para atender solicitudes de permisos de generación eléctrica e interconexión, alineada con la planeación vinculante del sector energético. Esta es la tercera modificación, después de las publicadas el 26 de mayo y el 8 de junio de 2026, con el fin de ajustar los plazos y garantizar la participación y transparencia.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la Segunda Convocatoria para permisos de generación eléctrica?
Es un mecanismo de la Secretaría de Energía para atender de manera prioritaria las solicitudes de permisos de generación de energía eléctrica e interconexión al Sistema Eléctrico Nacional, alineado con la planeación vinculante del sector.
¿A quién aplica esta convocatoria?
A todas las personas interesadas en desarrollar proyectos de generación de energía eléctrica con capacidad igual o mayor a 0.7 MW que deseen interconectarse al Sistema Eléctrico Nacional.
¿Qué cambios trae esta tercera modificación?
Se modifican las etapas 3 a 17 del calendario, ajustando las fechas para prevención, pagos, presentación de solicitudes y resolución, entre otros.
¿Dónde puedo consultar el calendario actualizado?
El calendario actualizado está disponible en el Diario Oficial de la Federación y en la página de la Secretaría de Energía.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
¿Te confunden los términos legales?
El Diario Oficial de la Federación utiliza un lenguaje técnico que puede ser difícil de interpretar. Hemos preparado recursos gratuitos para ayudarte a entender mejor esta publicación.
· · ·