SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Controversia Constitucional 52/2025, así como los Votos Particular de la señora Ministra Lenia Batres Guadarrama y Concurrente del señor Ministro Irving Espinosa Betanzo.
"La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 61, numeral 31, de la Ley de Ingresos del Municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero, que establecía un cobro por el registro de control ambiental para gaseras. La decisión, derivada de una controversia constitucional promovida por el Ejecutivo Federal, invalida el cobro por considerar que invade facultades federales en materia de hidrocarburos. El artículo 65, numeral 56, que fijaba cuotas por inscripción al padrón fiscal para personas morales dedicadas a la venta de Gas L.P., no fue invalidado por falta de votación calificada."
Tipo
resolucion
Impacto
medio
Vigencia
La declaratoria de invalidez surtirá efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Guerrero.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Al Municipio de Taxco de Alarcón, Guerrero, que perderá ingresos por el cobro invalidado, y a los contribuyentes que ya hubieran pagado, quienes podrían solicitar devolución.
✅ Sectores beneficiados
A las empresas gaseras que operan en Taxco de Alarcón, que ya no deberán pagar el derecho por registro de control ambiental.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
La controversia constitucional es un mecanismo de control constitucional que permite al Ejecutivo Federal impugnar normas locales que invadan sus facultades. En este caso, el cobro por registro de control ambiental a gaseras se consideró que invadía la facultad exclusiva de la Federación para regular la industria de hidrocarburos. La SCJN, en su resolución, determinó que el artículo 61, numeral 31, era inconstitucional, pero no alcanzó la votación calificada para invalidar el artículo 65, numeral 56, que también fue impugnado. Esta decisión refuerza la distribución de competencias entre la Federación y los municipios en materia de hidrocarburos.
Preguntas frecuentes
¿Qué implica la declaratoria de invalidez del artículo 61, numeral 31?
Que el cobro por registro de control ambiental para gaseras en Taxco de Alarcón es inconstitucional y no debe aplicarse.
¿Desde cuándo surte efectos la sentencia?
A partir de la notificación de los puntos resolutivos al Congreso del Estado de Guerrero, según lo establecido en la sentencia.
¿Qué pasa con el artículo 65, numeral 56?
No fue invalidado porque no se alcanzó la votación calificada, por lo que sigue vigente.
¿Quién puede solicitar la devolución de lo pagado?
Las gaseras que hayan pagado el derecho podrían solicitar la devolución ante la autoridad municipal, conforme a los procedimientos legales.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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