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lunes, 29 de junio de 2026

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ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.

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ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplica

ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

ACUERDO 96/2026
ACUERDO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS MONTOS DE LOS ESTÍMULOS FISCALES APLICABLES A LA ENAJENACIÓN DE GASOLINAS EN LA REGIÓN FRONTERIZA CON LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, CORRESPONDIENTES AL PERIODO QUE SE ESPECIFICA.
CARLOS GABRIEL LERMA COTERA , Subsecretario de Ingresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto por los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones , se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la franja fronteriza de 20 kilómetros y en el territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, durante el periodo que se indica, mediante el siguiente
Artículo Único.- Se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables, dentro de la franja fronteriza de 20 kilómetros y del territorio comprendido entre las líneas paralelas de más de 20 y hasta 45 kilómetros a la línea divisoria internacional con los Estados Unidos de América, a que se refieren los artículos Segundo y Quinto del Decreto por el que se establecen estímulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producción y servicios aplicables a los combustibles que se indican, durante el período comprendido del 20 al 26 de junio de 2026.
Zona I
Municipios de Tijuana y Playas de Rosarito del Estado de Baja California
 
0-20
kms
20-25
kms
25-30
kms
30-35
kms
35-40
kms
40-45
kms
Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 91 octanos:
$0.000
$0.000
$0.000
$0.000
$0.000
$0.000
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
$0.000
$0.000
$0.000
$0.000
$0.000
$0.000
 
Municipio de Tecate del Estado de Baja California
 
0-20
kms
20-25
kms
25-30
kms
30-35
kms
35-40
kms
40-45
kms
Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 91 octanos:
$0.130
$0.108
$0.087
$0.065
$0.043
$0.022
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
$0.140
$0.117
$0.093
$0.070
$0.047
$0.023
 
Zona II
Municipio de Mexicali del Estado de Baja California
 
0-20
kms
20-25
kms
25-30
kms
30-35
kms
35-40
kms
40-45
kms
Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 91 octanos:
$0.580
$0.483
$0.387
$0.290
$0.193
$0.097
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
$0.600
$0.500
$0.400
$0.300
$0.200
$0.100
 
 
Zona III
Municipio de San Luis Rio Colorado del Estado de Sonora
 
0-20
kms
20-25
kms
25-30
kms
30-35
kms
35-40
kms
40-45
kms
Monto del estímulo:
 
 
 
 
 
 
a) Gasolina menor a 91 octanos:
$3.360
$2.800
$2.240
$1.680
$1.120
$0.560
b) Gasolina mayor o igual a 91 octanos:
$2.

Se requiere el texto original para fines legales

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