Saltar al contenido
lunes, 29 de junio de 2026

DOF Noticias

Diario Oficial de la Federación

ACUERDO General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, por el que se expide el Código de Ética del Instituto Nacional Electoral.

INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL 10 min de lectura 0 lecturas

ACUERDO General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, por el que se expide el Código de Ética del Instituto Nacional Electoral ACUERDO General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, por el que se expide el Código de Ética del Instituto Nacional Elec

ACUERDO General del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, por el que se expide el Código de Ética del Instituto Nacional Electoral.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Nacional Electoral.- Órgano Interno de Control.

ACUERDO GENERAL OIC-INE/04/2026
ACUERDO GENERAL DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL.
1.         El 12 de agosto de 2010 el Consejo General del otrora Instituto Federal Electoral emitió el ACUERDO DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL POR EL QUE SE APRUEBA EL CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL, identificado con la clave CG277/2010, cuya publicación en el Diario Oficial de la Federación se realizó el 8 de septiembre de 2010.
2.         El 27 de mayo de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción, el cual señala que el Congreso de la Unión, dentro del plazo de un año, debía aprobar las leyes para la operación del Sistema Nacional Anticorrupción.
3.         El 18 de julio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción; la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
4 .         El 19 de julio de 2017, entró en vigor la Ley General de Responsabilidades Administrativas, (1) la cual, en su artículo 16, dispone lo siguiente: "Las Personas Servidoras Públicas deberán observar el código de ética y el de conducta según corresponda, que al efecto sea emitido por las Secretarías o los Órganos internos de control, conforme a los lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, para que en su actuación impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño. Los códigos que se refieren en el párrafo anterior, deberán hacerse del conocimiento de las Personas Servidoras Públicas de la dependencia o entidad de que se trate, así como darles la máxima publicidad."
5.         El 12 de octubre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
6.         El 8 de febrero de 2019, a fin de dar cumplimiento al plazo previsto en los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, emitido s por la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción, el entonces Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos del Órgano Interno de Control de este Instituto firmó, en suplencia por ausencia del Titular del Órgano Interno de Control, el ACUERDO 1/2019 DEL TITULAR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, POR EL QUE SE EMITE EL "CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL " ; EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS PARA LA EMISIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 16 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, del cual se publicó el aviso correspondiente en el Diario Oficial de la Federación el 22 de marzo de 2019.
7.         El 23 de octubre de 2019, el Órgano Interno de Control expidió el Acuerdo General OIC-INE/4/ 2019, por el que se emitió el CÓDIGO DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA ELECTORAL y dejó sin efectos el diverso Acuerdo 1/2019 del titular del OIC, por el cual se emitió el Código de Ética del Instituto Nacional Electoral, cuya publicación en el Diario Oficial de la Federación se realizó el 21 de noviembre de 2019.
8.         El 25 de marzo de 2024, la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción emitió el Acuerdo mediante el cual el Sistema Nacional Anticorrupción refrenda los Lineamientos para la emisión del Código de Ética, cuya publicación en el Diario Oficial de la Federación se realizó el 9 de abril de 2024.
I.          Que el Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral es responsable de fiscalizar los ingresos y egresos del Instituto, para lo que está dotado de autonomía técnica y de gestión que le permite decidir sobre su funcionamiento y resoluciones conforme a lo previsto en los artículos 41, párrafo tercero, base V, apartado A, párrafos segundo y octavo, 108 y 109, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 487, numeral 1, y 490, numeral 1, inciso v), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
II.         Que los artículos 487, numeral 1 y 490, numeral 1, inciso v), de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en conjunto con el artículo 82, numerales 1, inciso xx) y 7, del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral establecen, en beneficio del Órgano Interno de Control, su facultad reglamentaria o cláusula habilitante de la que se desprende que corresponde a éste emitir, por conducto de su titular, los acuerdos, lineamientos y demás normativa que requiera para hacer efectiva su autonomía técnica y de gestión.
III.        Que la Ley General de Responsabilidades Administrativas es de orden público y tiene por objeto, entre otros aspectos, establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de las personas servidoras públicas, así como crear las bases para que todo ente público establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público.
IV.        Que los artículos 81, numeral 1, y 82, numeral 1, incisos xx), ccc), fff) y nnn), del Reglamento Interior del Instituto Nacional Electoral; y 14, fracciones XXXIX y LXVI, del Estatuto Orgánico del Órgano Interno de Control del Instituto Nacional Electoral, en relación con el marco legal antes referido, reconocen la competencia del Órgano Interno de Control para emitir el Código de Ética que las personas servidoras públicas del Instituto deberán observar, conforme a los Lineamientos que emita el Sistema Nacional Anticorrupción, así como para emitir acuerdos, lineamientos y demás disposiciones de carácter general necesarias para hacer efectiva su autonomía técnica y de gestión.
V.         Que el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas establece que las personas servidoras públicas deberán observar el Código de Ética emitido por las instancias competentes, entre ellas

Se requiere el texto original para fines legales

DN

Escrito por

Equipo Editorial DOF Noticias

Analistas de Información Oficial

Especialistas en el monitoreo, clasificación y síntesis de las publicaciones del Diario Oficial de la Federación de México.

¿Te confunden los términos legales?

El Diario Oficial de la Federación utiliza un lenguaje técnico que puede ser difícil de interpretar. Hemos preparado recursos gratuitos para ayudarte a entender mejor esta publicación.

· · ·