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lunes, 29 de junio de 2026

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ACUERDO por el que se declaran días inhábiles en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

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ACUERDO por el que se declaran días inhábiles en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial ACUERDO por el que se declaran días inhábiles en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría d

ACUERDO por el que se declaran días inhábiles en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.

VIDAL LLERENAS MORALES, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con fundamento en los artículos 17, 22, fracción I y 59 fracciones I, V, VI y XIV de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales ; 28 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo ; 1, 5, 6, 8, 10 y 21 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial ; 3o. y 4o. del Reglamento de la Ley de la Propiedad Industrial ; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial , y 1o., 4o., 5o. fracción II y 10 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial , y
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad industrial, realiza trámites sujetos a plazos y ofrece servicios al público en general;
Que el 16 de junio de 2026 la Presidenta de los Estados Unidos Mexicano, Claudia Sheinbaum Pardo, publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se establecen diversas medidas administrativas en el marco de los eventos relativos a la Copa Mundial de la FIFA 2026, a celebrarse en la Ciudad de México y en la zona metropolitana de Guadalajara, Jalisco ;
Que en dicho Decreto se establecen las medidas administrativas que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán implementar para contribuir a la movilidad urbana, la seguridad vial, la continuidad de las actividades administrativas y la eficiencia en la prestación del servicio público en dichas entidades federativas, por lo que, en ese contexto, he tenido a bien emitir el siguiente:
Artículo 1o.- Se declara como inhábil el día 18 de junio de 2026 en la Oficina Regional 2 del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con domicilio en Boulevard Puerta de Hierro 5200, Piso 1, C.P. 45110, Zapopan, Estado de Jalisco.
Artículo 2o.- Se declara como inhábil el día 24 de junio de 2026 en las oficinas centrales del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con domicilio en Periférico Sur 3106, Colonia Jardines del Pedregal, Alcaldía Álvaro Obregón, C.P. 01900 y Arenal 550, Colonia Santa María Tepepan, Alcaldía Xochimilco, C.P. 16020, ambas en la Ciudad de México.
Artículo 3o.- Publíquese el presente Acuerdo en la página web de este organismo: www.gob.mx/impi, en la Gaceta de la Propiedad Industrial, así como en el Diario Oficial de la Federación.
ÚNICO.- El presente Acuerdo entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 17 de junio de 2026.- El Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, Vidal Llerenas Morales .- Rúbrica.
 

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