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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

CERTIFICACIÓN en la que se precisa la votación de la sentencia dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 49/2025 publicada en el Diario Oficial de la Federación en su edición del miércoles veinticinco de febrero de dos mil veintiséis.

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"La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó una certificación que corrige la votación de la sentencia en la Acción de Inconstitucionalidad 49/2025, declarando la invalidez de artículos de las leyes de ingresos de dos municipios de Oaxaca por sanciones administrativas ambiguas. La corrección precisa que la votación fue por unanimidad de nueve votos, no por mayoría de ocho como se asentó originalmente."

resolucion

medio

2026-02-25: La sentencia fue publicada en el DOF el 25 de febrero de 2026, por lo que sus efectos son a partir de esa fecha, aunque la certificación se emite posteriormente para corregir la votación.

gobierno contribuyentes
La SCJN declaró inválidos los artículos 28, fracciones VI, VII, VIII, XI y XVII de la Ley de Ingresos del Municipio de San Lorenzo Cuaunecuiltitla, y el artículo 46, fracción IX de la Ley de Ingresos del Municipio de Yaxe, Oaxaca, para el Ejercicio Fiscal 2025.
La invalidez se debe a que las sanciones administrativas eran ambiguas, lo que viola el principio de tipicidad.
La certificación aclara que la votación fue por unanimidad de nueve votos, incluyendo al Ministro Presidente, y no por mayoría de ocho como se había publicado inicialmente.
La sentencia fue emitida el 1 de diciembre de 2025 y publicada en el DOF el 25 de febrero de 2026.
La certificación se emite el 21 de mayo de 2026 y corrige el registro de la votación.

A los municipios de San Lorenzo Cuaunecuiltitla y Yaxe, en Oaxaca, que deberán ajustar sus leyes de ingresos para eliminar las sanciones declaradas inválidas. También afecta a las autoridades locales que aplicaban dichas sanciones.

A los contribuyentes y ciudadanos de esos municipios, que ya no podrán ser sancionados con base en disposiciones ambiguas.

Se fortalece el principio de legalidad al eliminar sanciones ambiguas.
Se protege a los contribuyentes de posibles abusos de autoridad.
La corrección de la votación da certeza jurídica sobre la decisión.
Los municipios deberán realizar ajustes legislativos, lo que implica tiempo y recursos.
Podría haber confusión inicial por la corrección de la votación.
Las autoridades locales podrían enfrentar dificultades para recaudar ingresos si las sanciones eran parte de su esquema.
Los municipios de Oaxaca deben revisar y reformar sus leyes de ingresos para eliminar las sanciones declaradas inválidas.
Las autoridades locales deben abstenerse de aplicar sanciones basadas en los artículos invalidados.
Los contribuyentes afectados pueden impugnar sanciones previas con base en esta resolución.

La Acción de Inconstitucionalidad 49/2025 fue promovida ante la SCJN para impugnar las leyes de ingresos de varios municipios de Oaxaca para el ejercicio fiscal 2025. El Pleno de la SCJN determinó que ciertas sanciones administrativas eran ambiguas, lo que contraviene el principio de legalidad y tipicidad. La certificación publicada corrige el sentido de la votación, aclarando que fue unánime, lo que refuerza la decisión.

¿Qué es una acción de inconstitucionalidad?

Es un recurso legal ante la SCJN para impugnar leyes o normas que se consideran contrarias a la Constitución.

¿Qué significa que una sanción sea ambigua?

Que la redacción de la norma no es clara o precisa, lo que puede dar lugar a interpretaciones arbitrarias y viola el principio de tipicidad.

¿Qué deben hacer los municipios de Oaxaca?

Deben reformar sus leyes de ingresos para eliminar las sanciones declaradas inválidas y ajustarse a la resolución de la SCJN.

¿Esta resolución afecta a otros municipios?

Solo afecta directamente a los municipios de San Lorenzo Cuaunecuiltitla y Yaxe, pero sienta precedente para casos similares.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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