CONVENIO Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Quintana Roo.
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Sinopsis Editorial
CONVENIO Específico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Esta CONVENIO Específico de Coordinación en materi
Documento Oficial
CONVENIOEspecífico de Coordinación en materia de transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales pararealizar acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estadode Quintana Roo.
CONVENIO-SaNAS-QROO/2026
CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DERECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LASENTIDADES FEDERATIVAS, EN ADELANTE "CONVENIO ESPECÍFICO", QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVOFEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", PORCONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, EN SU CARÁCTER DE SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE SALUD YBIENESTAR POBLACIONAL; Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, A QUIEN EN LOSUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. FLAVIO CARLOS ROSADO, SECRETARIO DESALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD Y LA LIC. MARTHA PARROQUIN PÉREZ,SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN; A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LASPARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
I. Con fecha 10 de octubre de 2012, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD" celebraron el ACUERDO MARCO DE COORDINACIÓN, enlo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con el objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridadgeneral y fijar las bases y mecanismos generales a fin de ministrar recursos presupuestarios federales y/o insumos federales, mediante lasuscripción de los instrumentos específicos correspondientes, para coordinar la participación de "LA ENTIDAD" con"LA SECRETARÍA",en términos de los artículos 9o. y 13, apartado B de la Ley General de Salud.
II. De conformidad con lo establecido en la cláusula SEGUNDA de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos que al efectose celebren serán suscritos por EL LIC. FLAVIO CARLOS ROSADO, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOSSERVICIOS ESTATALES DE SALUDY LALIC. MARTHA PARROQUIN PÉREZ, SECRETARIA DE FINANZAS Y PLANEACIÓN por partede"LA ENTIDAD" y por la entonces Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, ahora Subsecretaría de Políticas de Salud yBienestar Poblacional por sí misma, o asistida por los titularesdelas Unidades Administrativas u Órganos AdministrativosDesconcentrados que tiene adscritos, por partede "LA SECRETARÍA".
III. El Programa Sectorial de Salud (PSS), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 04 de septiembre de 2025, en elnumeral 2 "Señalamiento del origen de los recursos del Programa", menciona que la totalidad de las acciones que se consideran en elPrograma, incluyendo aquellas correspondientes a sus objetivos, estrategias y líneas de acción, así como las labores de coordinacióninterinstitucional para la instrumentación de dichas acciones, el seguimiento, reporte y rendición de cuentas de las mismas, se realizaráncon cargo a los recursos aprobados a los ejecutores de gasto participantes en el Programa, en el Decreto de Presupuesto de Egresos dela Federación para el ejercicio respectivo.
IV. El numeral 6 del PSS establece los objetivos siguientes: 1.- Garantizar el acceso universal a los servicios de salud para lapoblación; 2.- Incrementar la capacidad resolutiva y calidad de la atención médica del Sistema Nacional de Salud para la poblaciónusuaria; 3.- Garantizar la entrega oportuna de medicamentos e insumos para la salud de toda la población; 4.- Mejorar la promoción de lasalud y la prevención de enfermedades de la población; 5.- Fortalecer la integración y modernización del Sistema Nacional de Salud paramejorar la atención a la población; y 6.- Disminuir las brechas de salud y atención para poblaciones prioritarias y vulnerables.
V. El objetivo 4 citado, dispone como relevancia que, es responsabilidad del gobierno, favorecer el bienestar máximo posible paratodas las personas sin distinción y generar las condiciones para ejercer un autocuidado exitoso; asimismo, precisa que las estrategiascontempladas incluyan programas eficaces universales de vacunación durante todo el curso de vida, campañas de alimentación saludable,evitar adicciones, mejorar la salud mental, apoyar el deporte, el esparcimiento sano, entre otras estrategias transversales donde influyen,además de las instituciones de salud como el Servicio Nacional de Salud Pública (SNSP), otras esferas públicas relacionadas que ayudena fortalecer las políticas de salud colectiva que privilegien la detección, prevención de enfermedades y la promoción de la salud para quecontribuyan en el bienestar poblacional, considerando los determinantes sociales, la interculturalidad y la perspectiva de género paramejorar su bienestar.
VI. El 23 de agosto de 2023 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones Generales del Servicio Nacionalde Salud Pública (Acuerdo SNSP), el cual señala en su ARTÍCULO TERCERO que sus disposiciones deberán implementarse por "LASECRETARÍA", a través del SNSP, y operarán de manera conjunta con las autoridades sanitarias locales, bajo un esquema decooperación permanente, con la estructura operativa de las entidades federativas dedicadas a la operación salubrista.
Asimismo, en su ARTÍCULO SEXTO, el Acuerdo SNSP establece que "LA SECRETARÍA", en coordinación con las dependencias yentidades que conforman el Sistema de Salud para el Bienestar, así como las entidades federativas en su calidad de autoridadessanitarias, planeará, organizará y orientará las acciones para la operación del SNSP, en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
VII. Con fecha 08 de noviembre de 2023, mediante oficio SS-0536-2023, el entonces C. Secretario de Salud, instruyó a la entoncesSubsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, ahora Subsecretaríade Políticas de Salud y Bienestar Poblacional para que, enestricto apego a la normatividad aplicable, ejecutara las acciones necesarias para la implementación del SNSP, en el ámbito de sucompetencia.
VIII."LA SECRETARÍA", a través de las Unidades Administrativas y Órganos Administrativos Desconcentrados, adscritos a laSubsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, es responsable de coordinar y realizar acciones en materia de salud públicaen las entidades federativas, derivadas de los Programas de Acción Específico a su cargo, vigentes a la fecha, en lo sucesivo "LOSPROGRAMAS".
IX. Con fecha 30 de noviembre de 2023, "LA SECRETARÍA" y "LA ENTIDAD", suscribieron el Convenio de Colaboración yCoordinación para la ejecución de Acciones del Servicio Naciona
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