NORMA Técnica del Marco Geoestadístico con fines Estadísticos y Geográficos.
"El INEGI publicó la Norma Técnica del Marco Geoestadístico, que establece los lineamientos para la integración, actualización y uso de la infraestructura geoespacial oficial de México. Esta norma es clave para garantizar que los datos estadísticos y geográficos de todas las instituciones del Estado sean comparables y estén georreferenciados, lo que impacta en la planeación de políticas públicas y en la toma de decisiones basadas en información confiable."
Tipo
norma
Impacto
medio
Vigencia
La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, según lo establecido en el artículo transitorio primero.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
A todas las Unidades del Estado (dependencias federales, estatales, municipales y alcaldías de la CDMX) que producen o utilizan información estadística y geográfica, así como a los sectores privado y académico que usan datos geoespaciales.
✅ Sectores beneficiados
A los usuarios de información estadística y geográfica, incluyendo investigadores, planeadores de políticas públicas, empresas y ciudadanía en general, al contar con datos más confiables y comparables.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El Marco Geoestadístico es una infraestructura de información que el INEGI ha desarrollado desde hace décadas para georreferenciar datos censales y de encuestas. Esta norma técnica actualiza y formaliza los criterios para su construcción y actualización, en línea con recomendaciones internacionales de la ONU y la CEPAL. Su publicación busca homologar el uso de esta herramienta en todo el SNIEG, mejorando la calidad y comparabilidad de la información oficial.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Marco Geoestadístico?
Es la infraestructura de información geográfica que sirve de referencia para ubicar datos estadísticos en el territorio nacional, como censos y encuestas.
¿Quiénes están obligados a usar esta norma?
Todas las Unidades del Estado, incluyendo dependencias federales, estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México, según la Ley del SNIEG.
¿Cuándo entra en vigor?
Al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 16 de mayo de 2025.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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