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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

ACUERDO Secretarial Núm. 176/2026 por el que se da a conocer a la comunidad marítima y al público en general, la enmienda al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas, incluida en la resolución MSC.556(108) de la Organización Marítima Internacional, vigente internacionalmente a partir del primero de enero de dos mil veintiséis.

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"La Secretaría de Marina publicó el Acuerdo Secretarial 176/2026 para difundir la enmienda al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG), adoptada por la Organización Marítima Internacional (OMI) en la resolución MSC.556(108). Esta enmienda, vigente desde el 1 de enero de 2026, actualiza las reglas para el transporte seguro de mercancías peligrosas por vía marítima, y su difusión busca que la comunidad marítima mexicana cumpla con los nuevos estándares internacionales."

acuerdo

medio

2026-01-01: La enmienda al Código IMDG es vigente internacionalmente a partir del 1 de enero de 2026. El acuerdo que la difunde surte efectos al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir, el 30 de mayo de 2026.

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La enmienda al Código IMDG fue adoptada por la OMI en la resolución MSC.556(108) el 23 de mayo de 2024.
La enmienda es de aplicación internacional obligatoria a partir del 1 de enero de 2026.
El acuerdo fue emitido por la Secretaría de Marina y publicado en el DOF el 29 de mayo de 2026.
El texto completo de la enmienda está disponible en dos enlaces oficiales.
La Secretaría de Marina será la autoridad encargada de ejecutar e interpretar la enmienda en México.

A todas las empresas navieras, armadores, operadores portuarios, agentes marítimos, personal de a bordo y cualquier persona o entidad involucrada en el transporte marítimo de mercancías peligrosas en México.

A la comunidad marítima en general, ya que la actualización del Código IMDG busca mejorar la seguridad en el transporte de mercancías peligrosas y proteger el medio ambiente marino.

Mejora la seguridad en el transporte marítimo de mercancías peligrosas, reduciendo riesgos de accidentes y daños ambientales.
Armoniza las regulaciones mexicanas con los estándares internacionales, facilitando el comercio marítimo.
Proporciona claridad y actualización a la comunidad marítima sobre los requisitos vigentes.
Posibles costos de cumplimiento para las empresas, como actualización de equipos, capacitación y documentación.
Riesgo de interrupciones en las operaciones si no se implementan los cambios a tiempo.
La complejidad de la enmienda puede requerir asesoría especializada para su correcta aplicación.
Consultar el texto completo de la enmienda en los enlaces proporcionados para conocer los cambios específicos.
Actualizar los manuales de procedimientos y capacitación del personal involucrado en el manejo de mercancías peligrosas.
Verificar que los buques y contenedores cumplan con los nuevos requisitos de embalaje, etiquetado y documentación.
Mantenerse informado sobre cualquier guía o circular que emita la Secretaría de Marina para la implementación de la enmienda.

El Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (Código IMDG) fue adoptado por la OMI en 1965 y es el estándar internacional para el transporte seguro de mercancías peligrosas por mar. México es miembro fundador de la OMI y ha adoptado el Convenio SOLAS, que hace obligatorio el cumplimiento del Código IMDG. La resolución MSC.556(108) fue adoptada el 23 de mayo de 2024 y contiene enmiendas que actualizan los requisitos para sustancias, materiales y artículos peligrosos, con el fin de mantener el código al día con los avances de la industria y la tecnología.

¿Qué es el Código IMDG?

El Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) es un conjunto de reglas internacionales para el transporte seguro de mercancías peligrosas por mar, establecido por la Organización Marítima Internacional (OMI).

¿Cuándo entra en vigor la nueva enmienda?

La enmienda adoptada en la resolución MSC.556(108) es vigente internacionalmente a partir del 1 de enero de 2026.

¿Dónde puedo consultar el texto completo de la enmienda?

El texto completo está disponible en los enlaces oficiales: www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/Codigo_IMDG_MSC.556(108).pdf y https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1057872/Codigo_IMDG_MSC.556_108_.pdf

¿A quién aplica esta enmienda?

Aplica a todas las personas y entidades involucradas en el transporte marítimo de mercancías peligrosas, incluyendo navieras, armadores, puertos y personal de a bordo.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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