Saltar al contenido
jueves, 2 de julio de 2026

DOF Noticias

Diario Oficial de la Federación

DECLARATORIA conjunta de interconexión tecnológica entre el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

PODER JUDICIAL ORGANO DE ADMINISTRACION JUDICIAL 10 min de lectura 0 lecturas

Declaratoria conjunta de interconexión tecnológica entre el <CHAR: 147/>rgano de Administración Judicial y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

DECLARATORIA conjunta de interconexión tecnológica entre el Órgano de Administración Judicial y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Órgano de Administración Judicial.

El Pleno del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación , con fundamento en los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos décimo segundo, décimo tercero y décimo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1, fracción VIII, 70, 71, 79, párrafo primero, 80, fracciones II y III, y 91, párrafo tercero de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y
1.       Que el 15 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial , a partir del cual se estableció que la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación estará a cargo del Órgano de Administración Judicial.
2.       Que el 20 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que expide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación cuyo artículo 70 dispone que el Órgano de Administración Judicial contará con independencia técnica y de gestión y tendrá a su cargo la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación y velará por su buen funcionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad.
        Aunado a lo anterior, el artículo Décimo Noveno Transitorio del citado Decreto establece que los Acuerdos Generales emitidos por el extinto Consejo de la Judicatura Federal continuarán vigentes en todo lo que no se oponga a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a la propia Ley Orgánica, hasta en tanto el Órgano de Administración Judicial emita sus propios Acuerdos.
3.       Que el 22 de agosto de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del extinto Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones para garantizar la continuidad de las obligaciones contraídas por el entonces Consejo de la Judicatura Federal, derivado del Decreto de Reforma Constitucional en materia de reforma del Poder Judicial , el cual establece que todas las referencias a dicho órgano extinto en los diversos instrumentos jurídicos se entenderán referidas al Tribunal de Disciplina Judicial o al Órgano de Administración Judicial , de conformidad con sus atribuciones.
        Entre dichos instrumentos jurídicos, se encuentra el Convenio de Interconexión entre los Sistemas Tecnológicos de Gestión de Juicios de Amparo y Recursos de Revisión Fiscal celebrado por el entonces Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el 7 de septiembre de 2016.
4.       Que el 16 de octubre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Amparo , en el que se reafirma el empleo de las tecnologías de la información y comunicación, estableciendo que las autoridades que tengan suscrito algún convenio de interconexión con el Órgano de Administración Judicial y la Suprema Corte de Justicia de la Nación deberán informarlo a efecto de que las notificaciones se realicen por medio de dicho sistema, además de que podrán actuar en los asuntos a través de éste.
5.       Que el 17 de abril de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo General del Pleno del Órgano de Administración Judicial que regula la integración y trámite del expediente electrónico y el uso de videoconferencias en todos los asuntos competencia de los órganos jurisdiccionales a cargo del Órgano .
        El artículo 76 del citado Acuerdo General establece que el Órgano de Administración Judicial podrá celebrar convenios de interconexión, intercomunicación, colaboración o para compartir desarrollos tecnológicos, con otros órganos jurisdiccionales y autoridades públicas para el trámite de todos los asuntos competencia del Poder Judicial de la Federación, para la consulta de expedientes y notificaciones de manera electrónica, así como para la colaboración relacionada con las estrategias de gobierno de datos, gobernanza digital, transformación digital y e-Justicia.
        Asimismo, el artículo 77 señala que mediante declaratoria publicada en el Diario Oficial de la Federación , el Órgano de Administración Judicial hará del conocimiento de las personas justiciables que pueden presentar promociones y recursos por vía electrónica en los órganos jurisdiccionales con los que se hayan celebrado los convenios de interconexión e intercomunicación, los cuales estarán disponibles en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial de la Federación.
6.       Que el 31 de julio de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la D eclaratoria conjunta de interconexión tecnológica entre el Consejo de la Judicatura Federal y el Tribunal Federal de Justicia Administrativa .
        En esta se informó que, a partir del 4 de agosto de 2025 iniciaba el trámite electrónico interconectado del juicio de amparo directo e indirecto y recursos de revisión fiscal, entre los Juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito del Poder Judicial de la Federación y la Sala Regional de Chiapas que integra el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
7.       Que en el marco de las citadas reformas y adiciones a la Ley de Amparo, las Direcciones Generales de Gestión Judicial y de Tecnologías de la Información del Órgano de Administración Judicial , en coordinación con la Secretaría Operativa de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, realizaron los trabajos pertinentes para ampliar la interconexión de los sistemas tecnológicos en 2 fases, por así convenir a la indicada autoridad interconectada.
8.       Que la Dirección General de Gestión Judicial sometió a consideración de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Órgano de Administración Judicial la propuesta de la declaratoria de interconexión tecnológica, que se dictaminó de manera favorable mediante oficio OAJ/DGAJ/1488/ 2026.
9.       Que el 28 de abril de 2026 la Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa aprobó la declaratoria de interconexión tecnológica, en la que se amplió la interconexión a 25 Sala

Se requiere el texto original para fines legales

DN

Escrito por

Equipo Editorial DOF Noticias

Analistas de Información Oficial

Especialistas en el monitoreo, clasificación y síntesis de las publicaciones del Diario Oficial de la Federación de México.

¿Te confunden los términos legales?

El Diario Oficial de la Federación utiliza un lenguaje técnico que puede ser difícil de interpretar. Hemos preparado recursos gratuitos para ayudarte a entender mejor esta publicación.

· · ·