OFICIO 500-05-00-00-00-2026-16084 mediante el cual se comunica listado global definitivo en términos del artículo 69-B, párrafo tercero del Código Fiscal de la Federación vigente hasta el 24 de julio de 2018.
"El SAT publicó el listado global definitivo de contribuyentes que no desvirtuaron la presunción de haber emitido comprobantes fiscales sin activos, personal, infraestructura o capacidad material, conforme al artículo 69-B del CFF vigente hasta julio de 2018. Esta publicación formaliza la situación fiscal de dichos contribuyentes y tiene efectos legales importantes."
Tipo
aviso
Impacto
alto
Vigencia
El listado es definitivo y surte efectos a partir de su publicación en el DOF, sin que se especifique una fecha de término.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Contribuyentes incluidos en el listado definitivo, así como quienes hayan utilizado sus comprobantes fiscales, pues podrían perder deducciones o acreditamientos.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El artículo 69-B del CFF, vigente hasta julio de 2018, establecía un procedimiento para que el SAT presumiera la inexistencia de operaciones cuando los contribuyentes emitieran comprobantes sin activos, personal, infraestructura o capacidad material. Tras la reforma de 2018, los procedimientos iniciados bajo la versión anterior continúan su curso conforme a disposiciones transitorias. Este oficio es parte de esos procedimientos, y el listado definitivo es el resultado de no haber desvirtuado la presunción.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el listado global definitivo del artículo 69-B?
Es la publicación oficial de los contribuyentes que no lograron desvirtuar la presunción del SAT de haber emitido comprobantes fiscales sin capacidad material, lo que los coloca como emisores de facturas falsas.
¿Qué consecuencias tiene aparecer en el listado?
Los comprobantes emitidos por esos contribuyentes se consideran inexistentes, por lo que quienes los hayan utilizado podrían perder deducciones o acreditamientos, y el contribuyente listado puede enfrentar multas y otras sanciones.
¿Puedo impugnar mi inclusión en el listado?
Sí, se puede acudir a los medios de defensa como el recurso de revocación o el juicio contencioso administrativo, aunque el listado es definitivo en sede administrativa.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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