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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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RESOLUCIÓN del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones al Estatuto del Partido Político Nacional denominado Morena, en el ejercicio de su libertad de autoorganización y autodeterminación.

ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL 9 min de lectura 49 lecturas

"El Consejo General del INE aprobó la resolución INE/CG304/2026 que declara procedentes las modificaciones al Estatuto de Morena, en ejercicio de su libertad de autoorganización. Esto permite al partido actualizar sus reglas internas, lo que impacta su funcionamiento y participación electoral."

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La resolución es inmediata, pero las modificaciones estatutarias surten efectos conforme a lo establecido en el propio estatuto y la ley.

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El INE declaró procedentes las modificaciones al Estatuto de Morena.
La resolución se basa en la libertad de autoorganización y autodeterminación del partido.
Morena ha modificado sus documentos básicos en cinco ocasiones previas desde 2014.
La resolución fue emitida en la sesión del Consejo General con número INE/CG304/2026.
Las modificaciones deben cumplir con la Constitución y las leyes electorales.

A Morena y sus militantes, así como a los órganos internos del partido que deben ajustarse a las nuevas reglas.

A Morena, al permitirle actualizar su marco normativo interno para adaptarse a sus necesidades organizativas.

Permite a Morena modernizar sus reglas internas.
Fomenta la participación democrática dentro del partido.
Da certeza jurídica sobre el funcionamiento del partido.
Podría generar conflictos internos si las modificaciones no son aceptadas por todos los sectores.
La resolución no detalla el contenido de las modificaciones, lo que limita el escrutinio público.
Morena debe publicar y difundir las modificaciones entre sus militantes.
Los órganos internos deben ajustar sus procedimientos a las nuevas disposiciones.
La ciudadanía puede consultar el texto completo de la resolución en el DOF.

Morena obtuvo su registro como partido político nacional en 2014. Desde entonces, ha modificado sus documentos básicos en varias ocasiones, siendo esta la sexta. El INE, como autoridad electoral, debe verificar que los cambios no contravengan la Constitución ni las leyes electorales. Esta resolución se enmarca en el derecho de autoorganización de los partidos, reconocido en el artículo 41 constitucional.

¿Qué es la libertad de autoorganización de los partidos políticos?

Es el derecho de los partidos a definir sus normas internas, siempre que no contravengan la Constitución y las leyes.

¿Cuándo entran en vigor las modificaciones al estatuto de Morena?

La resolución es inmediata, pero la vigencia de las modificaciones depende de lo que establezca el propio estatuto.

¿Dónde puedo consultar el texto completo de la resolución?

En el Diario Oficial de la Federación (DOF) o en la página del INE.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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