RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural, a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
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Sinopsis Editorial
Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural, a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
Documento Oficial
RESOLUCIÓNque modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades de ahorro y crédito popular,organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integración financiera rural, a que se refiere laLey deAhorro y Crédito Popular.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de Hacienda yCrédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 116, fracción VIII y 119Bis 4 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular; 98 Bis de la Ley de Instituciones de Crédito, así como 4 fracciones II, IV, V,XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I y 19 de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y
Que la Ley de Ahorro y Crédito Popular, faculta a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para emitir lineamientosmínimos de regulación prudencial a los que deberán sujetarse las sociedades financieras populares en materia decoeficiente de liquidez, lo cual se encuentra regulado en las "Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades deahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integraciónfinanciera rural, a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular" (Disposiciones); sin embargo, derivado de los cambiosdinámicos en el sector financiero y en el marco regulatorio internacional, las presentes Disposiciones se encuentrandesactualizadas,lo cual podría resultar en un arbitraje regulatorio entre participantes del sector de ahorro y crédito popularcon modelos de negocio similares;
Que, derivado de lo anterior, es necesario robustecer el marco regulatorio aplicable a las entidades de ahorro y créditopopular en materia de coeficiente de liquidez, introduciendo un estándar de liquidez financiero acorde a lasrecomendaciones de Basilea III, con el fin de indicar la capacidad que tienen las entidades para hacer frente a sus salidasnetas de efectivo con un fondo de activos líquidos de alta calidad, y
Que, se requiere tener un marco normativo aplicable a las entidades financieras populares que contenga unametodología precisa que permita a las sociedades financieras populares contar con un Coeficiente de Cobertura de Liquidez(CCL) como indicador, mejorando su capacidad para enfrentar situaciones de estrés financiero y garantizando una mayorestabilidad y resiliencia del sector, con el objeto de promover una mayor transparencia y consistencia en la informaciónfinanciera, facilitando la supervisión y el monitoreo por parte de las autoridades regulatorias; por lo que ha resuelto expedirla siguiente:
ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos1, fracciones I y I Bis; 327; 328; así como el Anexo N, en su Índice y en su SerieR20; se ADICIONAN las fracciones I Bis 1, I Bis 2, X Bis 2, XXXI Bis, XXXVIII Bis, XLVIII Bis, LVII Bis 1 y LVII Bis 2 alartículo 1; al Título Cuarto, el Capítulo IV Bis 3 denominado "Lineamientos en materia de liquidez", que comprende lassecciones Primera denominada "Cálculo del Coeficiente de Cobertura de Liquidez con los artículos 209 Bis 13; 209 Bis 14;209 Bis 15; 209 Bis 16; 209 Bis 17,Segunda denominada "Especificaciones para el cálculo del Coeficiente de Cobertura deLiquidez" con los artículos 209 Bis 18 y 209 Bis 19,Tercera denominada "Escenarios y medidas correctivas para elCoeficiente de Cobertura de Liquidez", con los artículos 209 Bis 20; 209 Bis 21; 209 Bis 22; 209 Bis 23 y Cuarta denominada"Reporte y publicación del Coeficiente de Cobertura de Liquidez", con los artículos 209 Bis 24 y 209 Bis 25; así como elartículo 328 Bis y los Anexos Z, Z Bis, Z Bis 1, Z Bis 2 y AA, y se DEROGAN del Título Cuarto, Capítulo III, SecciónSegunda, el Apartado E; de la Sección Tercera, el Apartado G; de la Sección Cuarta, el Apartado G; de la Sección Quinta, elApartado G; así como los artículos 62; 96; 145 y 203 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades deahorro y crédito popular, organismos de integración, sociedades financieras comunitarias y organismos de integraciónfinanciera rural, a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 dediciembre de 2006 y modificadas mediante diversas resoluciones publicadas en el citado medio de difusión oficial, paraquedar como sigue:
"ÍNDICE
TÍTULO PRIMERO al TERCERO . . .
TÍTULO CUARTO . . .
Capítulos I y II. . .
Capítulo III. . .
Sección Primera. . .
Sección Segunda. . .
Apartados A al D . . .
Apartado E
Derogado
Apartado F. . .
Sección Tercera. . .
Apartados A al F. . .
Apartado G
Derogado
Apartados H e I. . .
Sección Cuarta
Apartados A al F . . .
Apartado G
Derogado
Apartados H e I
. . .
Sección Quinta
. . .
Apartados A al F. . .
Apartado G
Derogado
Apartados H e I. . .
Capítulos III Bis al IV Bis 2. . .
Capítulo IV Bis 3
Lineamientos en materia de liquidez
Sección Primera
Cálculo del Coeficiente de Cobertura de Liquidez
Sección Segunda
Especificaciones para el cálculo del Coeficiente de Cobertura de Liquidez
Sección Tercera
Escenarios y medidas correctivas para el Coeficiente de Cobertura de Liquidez
Sección Cuarta
Reporte y publicación del Coeficiente de Cobertura de Liquidez
Capítulos V al IX. . .
TÍTULOS QUINTO al NOVENO. . .
TRANSITORIOS
LISTADO DE ANEXOS
ANEXOS A al Y. . .
ANEXO ZClasificación de Activos Líquidos Elegibles para el cálculo del Coeficiente de Cober
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