CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Coahuila de Zaragoza, que tiene por objeto contribuir a la Estrategia: Niñas y Adolescentes Libres y Seguras.
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Sinopsis Editorial
Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Coahuila de Zaragoza, que tiene por objeto contribuir a la Estrategia: Niñas y Adolescentes Libres y Seguras.
Documento Oficial
CONVENIOde Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Coahuila de Zaragoza, que tiene porobjeto contribuir a la Estrategia: Niñas y Adolescentes Libres y Seguras.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría de las Mujeres.
MUJERES/CC/FOBAM/COAH/005/2026
CONVENIO DE COLABORACIÓN, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL GOBIERNO FEDERAL POR CONDUCTODE LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "MUJERES"; A TRAVÉS DELA SUBSECRETARÍA DE IGUALDAD SUSTANTIVA, REPRESENTADA POR SU TITULAR, MARÍA ELVIRA CONCHEIROBÓRQUEZ; Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, REPRESENTADOPOR EL SECRETARIO DE FINANZAS Y TITULAR DE LA INSTANCIA RECEPTORA, JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZRODRÍGUEZ, Y POR LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES Y TITULAR DE LA INSTANCIA RESPONSABLE, MAYRALUCILA VALDÉS GONZÁLEZ; QUE EN LO SUCESIVO Y PARA LOS EFECTOS DEL PRESENTE INSTRUMENTO SE LESDENOMINARÁ EL "GOBIERNO DEL ESTADO"; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LESDENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:
El artículo 1o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), establece quetodas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales delos que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección.
Asimismo, el artículo 4o., párrafo primero y penúltimo, de la CPEUM, establece que el Estado será garante del goce yejercicio del derecho a la igualdad sustantiva; por lo que se reconoce el derecho de toda persona a una vida libre deviolencias, y se imponen los deberes reforzados de protección hacia mujeres, adolescentes, niñas y niños.
A nivel internacional, se formularon las recomendaciones 26, 38 inciso b) y 52 derivado del Noveno Informe Periódico deMéxico al Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW,por sus siglas en ingles), en el que se menciona que se deben garantizar recursos humanos y financieros suficientes para laaplicación plena de la Estrategia Nacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes, que fortalezca losmecanismos de apoyo para alentar a las muchachas embarazadas y las madres jóvenes a proseguir sus estudios durante elembarazo y despuésdel parto.
Por su parte, la "Convención sobre los Derechos del Niño" desarrollada por el Fondo de las Naciones Unidas para laInfancia (UNICEF, por sus siglas en ingles), menciona en su artículo 4 que "Los Estados Partes adoptarán todas lasmedidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presenteConvención. En lo que respecta a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esasmedidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del marco de la cooperacióninternacional". Asimismo, el artículo 17, reconoce la importancia que desempeñan los medios de comunicación, ya queestos velarán por que el niño tenga acceso a información y material procedentes de diversas fuentes nacionales einternacionales, en especial la información y el material que tengan por finalidad promover su bienestar social, espiritual,moral, su salud física y mental.
La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém DoPará), en su artículo 4 consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y moral de la mujer; así como, enel artículo 8, inciso d), la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de entidades del sectorpúblico y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la mujer objeto de violencia, y cuidadode los menores afectados.
En el capítulo VII de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo de El Cairo, hace hincapié en que"Los países, con la asistencia de la comunidad internacional, deberían proteger y promover los derechos de losadolescentes a la educación, la información y la asistencia en materia de salud reproductiva, y reducir considerablemente elnúmero de embarazos entre las adolescentes. Se insta a los gobiernos a que, en colaboración con las organizaciones nogubernamentales, establezcan los mecanismos apropiados para atender las necesidades especiales de los adolescentes".Por su parte, el Consenso de Montevideo sobre población y Desarrollo, reconoce los derechos sexuales y reproductivoscomo una parte integral de los derechos humanos, a fin de contribuir a la plena realización de las personas y a la justiciasocial en una sociedad libre de discriminación y violencias.
De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), el embarazo adolescente, se constituye como un problemasocial, sanitario y económico. Por lo que el embarazo adolescente tiende a ser mayor entre las personas con menoreducación o de bajo nivel económico. Los estudios sobre los factores de riesgo y protección relacionados con el embarazoadolescente en países de ingresos bajos y medios indican que los niveles tienden a ser más altos entre las personas conmenos nivel educativo o de bajo nivel económico. Por lo que, en muchos lugares, los adolescentes no tienen fácil acceso alos métodos anticonceptivos, así como del conocimiento sobre dónde obtenerlos y cómo usarlos correctamente.
En 2018 el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) registró un total de 2,162,535 embarazos en México, delos cuales el 17.5% (378,444) corresponden a madres menores de 20 años. De acuerdo con estimaciones del ConsejoNacional de Población (CONAPO) en 2018, hay 2.3 nacimientos en niñas de entre 10 y 14 años por cada 1,000 de estegrupo de edad. Estas cifras indican que el problema del embarazo en adolescentes pone en riesgo la estabilidad social yeconómica de México, al mismo tiempo precariza la vida de las mujeres, ya que al ser madres dejan de estudiar para entraral campo laboral, en consecuencia, no se encuentran calificadas para desempeñar empleos y su proyecto de vida sedetiene, por lo que resulta mayor pobreza y marginación. El otrora Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), creó elFondo para el Bienestar y el Avance de las Mujeres (FOBAM), el cual tuvo como objeto convocar a las Instancias de lasMujeres en las Entidades Federativas (IMEF), para que impulsaran proyectos con perspectiva de género e interculturalidad,con análisis interseccional y enfoque de derechos humanos que contribuyeron a la erradicación del embarazo infantil y ladisminución del embarazo en adolescentes, a través de prevención y atención con el objeto de contribuir a la EstrategiaNacional para la Prevención del Embarazo en Adolescentes de México (ENAPEA).
Por lo que, de 2020 a 2024, los recursos del FOBAM se destinaron para fortalecer a las IMEF para que desarrollaranacciones de prevención y atención, así mismo coadyuvaran con el cumplimiento de los objetivos de la ENAPEA.
El 28 de noviembre de 2024, el Ejecutivo Federal publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el "DECRETO porel que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal",con el objeto de establecer y con
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