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martes, 1 de septiembre de 2026

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RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión y a las personas que les prestan servicios.

PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 10 min de lectura 58 lecturas

"La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) modificó las reglas para fondos de inversión y sus proveedores de servicios, estableciendo formatos oficiales para solicitar autorizaciones de criterios y registros contables especiales, y reduciendo el plazo de respuesta a 60 días hábiles. Esta medida busca simplificar trámites y dar certeza jurídica ante fenómenos naturales o problemas de solvencia."

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medio

Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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Se reforman los artículos 66 y 66 Bis de las Disposiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión.
Se adiciona el Anexo 22 con formatos oficiales para solicitar autorización de criterios y registros contables especiales.
El plazo máximo para que la CNBV resuelva estas solicitudes se reduce a 60 días hábiles.
Si la CNBV no responde en el plazo, la solicitud se considerará desestimada (negativa ficta).
La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Fondos de inversión, sociedades operadoras, distribuidoras y valuadoras de acciones de fondos de inversión, así como organismos autorregulatorios y gremios que presenten solicitudes de autorización contable ante la CNBV.

Entidades financieras que necesiten autorizaciones contables especiales, al contar con formatos claros y plazos de respuesta más cortos.

Simplifica trámites al estandarizar formatos de solicitud.
Reduce la incertidumbre al fijar un plazo máximo de respuesta de 60 días hábiles.
Otorga mayor certeza jurídica a las entidades financieras.
La negativa ficta podría perjudicar a quienes no reciban respuesta oportuna.
Los nuevos formatos podrían implicar costos de adaptación para las entidades.
La reducción de plazos podría presionar a la CNBV en la revisión de solicitudes.
Revisar los nuevos formatos del Anexo 22 antes de presentar solicitudes de autorización contable.
Ajustar los procesos internos para cumplir con los nuevos plazos de respuesta de la CNBV.
Capacitar al personal responsable de trámites ante la CNBV sobre los cambios.

Esta resolución modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a los fondos de inversión, publicadas originalmente en 2014. La CNBV busca alinearse con el Acuerdo general de simplificación administrativa de diciembre de 2025 y con la Ley Nacional para Eliminar Trámites Burocráticos. Los cambios se enfocan en criterios y registros contables especiales, que se autorizan en casos de fenómenos naturales que afecten la solvencia o liquidez, o durante procesos de saneamiento financiero.

¿Qué son los criterios contables especiales?

Son reglas contables excepcionales que la CNBV puede autorizar a fondos de inversión cuando enfrentan situaciones como desastres naturales que afectan su solvencia o liquidez.

¿Qué pasa si la CNBV no responde en 60 días?

Si la CNBV no notifica una resolución dentro de 60 días hábiles, la solicitud se considera desestimada, es decir, se entiende como rechazada.

¿A quién aplica esta resolución?

Aplica a fondos de inversión, sociedades operadoras, distribuidoras y valuadoras de acciones de fondos de inversión, así como a organismos autorregulatorios y gremios que presenten solicitudes de autorización contable.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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