ACUERDO General del Pleno del Órgano de Administración Judicial relativo a la designación de los integrantes que formarán parte de la comisión que deberá proveer los trámites y resolver los asuntos de notoria urgencia que se presenten durante el receso correspondiente al primer período de sesiones de 2026.
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Sinopsis Editorial
Acuerdo General del Pleno del Órgano de Administración Judicial relativo a la designación de los integrantes que formarán parte de la comisión que deberá proveer los trámites y resolver los asuntos de notoria urgencia que se presenten durante el receso correspondiente al primer período de sesiones de 2026.
Documento Oficial
ACUERDOGeneral del Pleno del Órgano de Administración Judicial relativo a la designación de los integrantesque formarán parte de la comisión que deberá proveer los trámites y resolver los asuntos de notoria urgencia quese presenten durante el recesocorrespondiente al primer período de sesiones de 2026.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Órgano de AdministraciónJudicial.- AG-POAJ-12/2026.
El Pleno del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación, con fundamentoen los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos décimo segundo, décimo tercero y décimo octavo de laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, fracción VIII, 70, 71, 76, 77, 78, 79, primer párrafo y80, fracción II de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; y
1.Que el 15 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por elque se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de losEstados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial, a partir del cual se establecióque la administración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación estará a cargo delÓrgano de Administración Judicial, que es un órgano colegiado con independencia técnica y degestión integrado por 5 personas, de las cuales una fue designada por el Poder Ejecutivo Federal,por conducto de la persona titular de la Presidencia de la República; una por el Senado de laRepública; y 3 por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
2.Que el 20 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el queexpide la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación cuyo artículo 70 dispone que el Órganode Administración Judicial contará con independencia técnica y de gestión y tendrá a su cargo laadministración de todos los órganos del Poder Judicial de la Federación y velará por su buenfuncionamiento, autonomía, independencia, imparcialidad y legitimidad.
3.Que el artículo 76 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, señala que el Órgano deAdministración Judicial tendrá cada año 2 períodos de sesiones. El primero comenzará el primer díahábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio, y elsegundo comenzará el primer día hábil del mes de agosto y terminará el último día hábil de laprimera quincena del mes de diciembre.
4.Que el receso correspondiente al primer período de sesiones de 2026 abarcará del 16 de julio al 2 deagosto de 2026, inclusive.
5.Que el artículo 77 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establece que al clausurarsus períodos ordinarios de sesiones, el Pleno del Órgano de Administración Judicial designará a las ylos integrantes que deban proveer los trámites y resolver los asuntos de notoria urgencia que sepresenten durante los recesos, así como a las y los secretarios y personas empleadas que seannecesarias para apoyar sus funciones.
Asimismo, refiere que al reanudarse el correspondiente período ordinario de sesiones, las y losintegrantes darán cuenta al Pleno del Órgano de Administración Judicial de las medidas que hayantomado, a fin de que éste acuerde lo que proceda.
6.Que el artículo 80, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, expone que esatribución del Órgano de Administración Judicial, expedir los reglamentos interiores en materiaadministrativa, de carrera judicial y de escalafón del Poder Judicial de la Federación, y todos aquellosacuerdos generales que fueren necesarios para el adecuado ejercicio de sus atribuciones entérminos del artículo 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la funciónjurisdiccional federal.
7.Que el artículo 92 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, señala que el Órgano deAdministración Judicial establecerá las Comisiones permanentes o transitorias que estimepertinentes para el adecuado desempeño de sus funciones, cuyo número y atribuciones sedeterminará mediante acuerdos generales del Pleno.
8.Que el artículo 21 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, quereglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo, vigente de conformidad con elartículo Décimo Noveno Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica del PoderJudicial de la Federación, establece que éste contará con comisiones permanentes y transitorias, yentre ellas, la Comisión de Receso.
9.Que el Acuerdo General citado en el considerando precedente dispone en sus artículos 54, 55, 56,57 y 58 las normas a que debe sujetarse la Comisión de Receso, a saber: i) el Pleno designarámediante acuerdo a cuando menos 2 integrantes para que formen parte de la Comisión; ii) en laprimera sesión se designará a quien presidirá la misma, quien en caso de empate tendrá voto decalidad; iii) las facultades con que cuenta la Comisión de Receso; iv) la obligación de los integrantesdesignados para formar parte de la Comisión, de rendir informe pormenorizado al Pleno del Órganode Administración Judicial de las medidas que hayan tomado y v) las facultades del Secretario de laComisión.
En consecuencia, se emite el siguiente:
PRIMERO.-El Pleno del Órgano de Administración Judicial designa a la Maestra Catalina RamírezHernández y al Maestro José Alberto Gallegos Ramírez, para integrar la Comisión que deberá proveer lostrámites y resolver los asuntos de notoria urgencia que se presenten durante el receso correspondiente alprimer período de sesiones de 2026, quienes nombrarán a quien ocupe la presidencia.
La Comisión de Receso estará facultada para conocer de los asuntos previstos en las fracciones X, XXVII,XXVIII y XXIX del artículo 80 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como los urgentes.
SEGUNDO.- Durante el período a que se refiere el considerando 4 de este acuerdo, fungirá comoSecretario de la Comisión de Receso el doctor Carlos López Cruz, Secretario Ejecutivo de la Comisión deCreación y Seguimiento de Órganos Jurisdiccionales.
Se faculta a la propia Comisión para determinar a las y los secretarios y personas empleadas que seannecesarias para apoyar en sus funciones.
TERCERO.- Al concluir el receso e iniciar el segundo período ordinario de sesiones de 2026, losintegrantes designados para formar parte de la Comisión de receso rendirán informe pormenorizado al Plenodel Órgano de Administración Judicial de las medidas que hayan tomado, a fin de que éste acuerde lo que
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