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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

OFICIO 500-05-00-00-00-2026-21471 mediante el cual se comunica el nombre y la clave en el Registro Federal de Contribuyentes a que se refiere la fracción X del artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación.

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"El SAT publicó el nombre y RFC de la Confederación de Servidores Públicos de los Poderes de los Estados, Municipios e Instituciones Descentralizadas de la República Mexicana, a la que se le determinó que sus comprobantes fiscales son falsos. Esto significa que quienes hayan utilizado esos CFDI deberán corregir sus declaraciones en un plazo de 30 días o enfrentar la restricción de su certificado de sello digital."

aviso

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2026-06-24: La publicación en el DOF se realizó el 24 de junio de 2026. Los contribuyentes afectados tienen 30 días naturales a partir de esa fecha para presentar declaraciones complementarias.

contribuyentes empresas gobierno
El SAT publicó el RFC CSP170608IV8 de la Confederación de Servidores Públicos de los Poderes de los Estados, Municipios e Instituciones Descentralizadas de la República Mexicana.
La resolución se emitió el 16 de junio de 2026 y fue notificada el 22 y 23 de junio de 2026.
Los comprobantes fiscales emitidos por este contribuyente se consideran falsos y no producen efectos fiscales.
Los contribuyentes que hayan utilizado estos CFDI deben presentar declaración complementaria en un plazo de 30 días naturales desde la publicación en el DOF.
Si no corrigen, la autoridad restringirá temporalmente el uso del certificado de sello digital para emitir CFDI.
La publicación se realiza conforme al artículo 49 Bis, fracción X del CFF.

A la Confederación de Servidores Públicos de los Poderes de los Estados, Municipios e Instituciones Descentralizadas de la República Mexicana, así como a todas las personas físicas o morales que hayan recibido comprobantes fiscales emitidos por esta organización.

Combate la evasión fiscal y el uso de facturas falsas.
Protege la recaudación y la equidad fiscal.
Da certeza a los contribuyentes que sí cumplen.
Los contribuyentes que hayan utilizado estos CFDI podrían enfrentar cargas administrativas y financieras para corregir sus declaraciones.
La restricción del certificado de sello digital puede afectar la operación de las empresas.
El proceso puede generar incertidumbre si no se tiene claridad sobre la validez de los comprobantes.
Revisar si se tienen CFDI emitidos por la Confederación de Servidores Públicos de los Poderes de los Estados, Municipios e Instituciones Descentralizadas de la República Mexicana (RFC CSP170608IV8).
Si se tienen, presentar declaración complementaria para revertir el efecto fiscal de esos comprobantes.
Consultar el portal del SAT para verificar la lista completa de contribuyentes con comprobantes falsos.
Contactar a un contador o asesor fiscal para evaluar el impacto en la situación fiscal.

El artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación faculta al SAT para presumir la falsedad de los CFDI cuando los contribuyentes no desvirtúan dicha presunción. En este caso, la Confederación de Servidores Públicos no logró acreditar la materialidad de las operaciones, por lo que sus comprobantes se consideran falsos. Esta medida busca combatir la evasión fiscal y la facturación apócrifa, y obliga a los terceros que hayan utilizado esos comprobantes a corregir su situación fiscal.

¿Qué significa que un comprobante fiscal sea considerado falso?

Que el SAT determinó que las operaciones amparadas en esos CFDI no existieron o no cumplen los requisitos, por lo que no producen efectos fiscales.

¿Qué debo hacer si recibí un CFDI de la Confederación de Servidores Públicos?

Debe presentar una declaración complementaria para revertir el efecto fiscal de esos comprobantes, en un plazo de 30 días naturales a partir de la publicación en el DOF.

¿Qué pasa si no presento la declaración complementaria?

La autoridad puede restringir temporalmente el uso de su certificado de sello digital para emitir CFDI, conforme al artículo 17-H Bis del CFF.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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