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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

CIRCULAR por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas públicas del Estado, Fiscalía General de la República, entidades federativas, y sus municipios, así como las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V.

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"La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a través del Órgano Interno de Control en la Secretaría de Salud, publicó una circular que inhabilita por tres meses a la empresa Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V. para participar en contrataciones públicas federales, tras un procedimiento administrativo sancionador. La medida busca garantizar la legalidad y transparencia en el uso de recursos públicos."

circular

medio

2026-07-09: La inhabilitación comienza al día siguiente de la publicación en el DOF, es decir, el 9 de julio de 2026, y dura tres meses, salvo que la multa no sea pagada, en cuyo caso se extiende hasta que se realice el pago.

empresas gobierno
La empresa Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V. fue sancionada con multa e inhabilitación por 3 meses.
La inhabilitación aplica para participar en procedimientos de contratación regulados por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
La prohibición aplica a dependencias y entidades de la APF, empresas públicas, FGR, entidades federativas, municipios y demarcaciones de la CDMX.
La inhabilitación inicia al día siguiente de la publicación en el DOF (9 de julio de 2026) y durará 3 meses, salvo que la multa no sea pagada, en cuyo caso se extiende hasta el pago.
Los contratos ya formalizados con la empresa no se ven afectados.
Las entidades federativas y municipios deben cumplir la circular cuando usen fondos federales.

A la empresa Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V., así como a todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, empresas públicas, Fiscalía General de la República, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que realicen contrataciones con fondos federales.

A la ciudadanía y al sector público, al fortalecer la transparencia y legalidad en las contrataciones gubernamentales.

Refuerza la rendición de cuentas y la legalidad en las contrataciones públicas.
Envía un mensaje claro a los proveedores sobre las consecuencias de incurrir en prácticas irregulares.
Protege los recursos públicos al impedir que una empresa sancionada siga contratando con el gobierno.
La inhabilitación puede afectar la operación de la empresa sancionada y sus empleados.
Si la empresa no paga la multa, la inhabilitación podría extenderse, generando incertidumbre.
La circular solo aplica a contrataciones con fondos federales, por lo que podría haber lagunas en otros ámbitos.
Las dependencias y entidades deben abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa sancionada durante el periodo de inhabilitación.
Verificar en el portal Compras MX el registro de la empresa para confirmar su estatus.
Si se tiene algún contrato vigente con la empresa, revisar las condiciones y dar seguimiento a su cumplimiento.

La circular se emite como resultado de un Procedimiento Administrativo de Sanción a Proveedores (SP-001/2026-INCAR) iniciado contra Galmar Proyectos Integrales, S. de R.L. de C.V. La resolución, dictada el 19 de junio de 2026, impuso una multa y una inhabilitación de tres meses. Esta acción se enmarca en los esfuerzos del gobierno federal por combatir la corrupción y garantizar que los proveedores del Estado cumplan con la ley. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, creada en 2024, tiene entre sus funciones la coordinación de los órganos internos de control y la aplicación de sanciones a proveedores.

¿Qué significa la inhabilitación de una empresa para contratar con el gobierno?

Significa que la empresa no puede participar en licitaciones ni celebrar contratos con entidades gubernamentales durante un periodo determinado, en este caso tres meses, como sanción por faltas administrativas.

¿Aplica esta circular a todos los niveles de gobierno?

Sí, aplica a dependencias federales, entidades federativas, municipios y demarcaciones de la CDMX, pero solo cuando las contrataciones se realicen con cargo total o parcial a fondos federales.

¿Qué pasa si la empresa ya tiene contratos vigentes?

Los contratos ya formalizados no se ven afectados por la inhabilitación, según lo establece el artículo 163 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones.

¿Cuánto dura la inhabilitación?

La inhabilitación dura tres meses a partir del día siguiente a la publicación en el DOF, pero si la empresa no paga la multa, la inhabilitación se extiende hasta que realice el pago.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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