ACUERDO ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2026, relativo a la implementación de la e.firma como único certificado digital válido para la realización de movimientos afiliatorios y vinculación de representantes legales exclusivamente mediante Escritorio Virtual.
"El IMSS aprobó el uso exclusivo de la e.firma (emitida por el SAT) como único certificado digital válido para trámites patronales por medios electrónicos, eliminando el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE). Los empleadores tendrán 90 días naturales para migrar al nuevo esquema, que incluye la vinculación de representantes legales a través del Escritorio Virtual."
Tipo
acuerdo
Impacto
alto
Vigencia
Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Se otorga un periodo de transición de 90 días naturales para la migración.
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Personas empleadoras (físicas y morales) y sujetos obligados que realizan trámites ante el IMSS, así como representantes legales que actúan en su nombre.
✅ Sectores beneficiados
Patrones y representantes que ya cuentan con e.firma, al simplificar trámites y eliminar la necesidad de obtener un certificado adicional del IMSS.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El IMSS ha utilizado históricamente la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) del SAT, pero también emitía su propio certificado digital (NPIE) para algunos trámites. Este acuerdo unifica el uso de la e.firma como único medio de autenticación, alineándose con la política de simplificación digital del gobierno. La medida busca reducir la complejidad y costos para los patrones, así como fortalecer la seguridad jurídica de los actos electrónicos.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la e.firma y cómo la obtengo?
La e.firma (antes FIEL) es un certificado digital emitido por el SAT que permite firmar electrónicamente documentos con validez legal. Se obtiene acudiendo a una oficina del SAT con identificación oficial y CURP, o a través de su portal si ya tienes un certificado vigente.
¿Qué pasa si no tengo e.firma al terminar el periodo de transición?
Después de los 90 días naturales, no podrás realizar movimientos afiliatorios ni otros trámites electrónicos ante el IMSS sin e.firma. Deberás tramitarla para continuar operando digitalmente.
¿Cómo vinculo a mis representantes legales en el Escritorio Virtual?
Deberás ingresar al Escritorio Virtual del IMSS, autenticarte con tu e.firma, y seguir el procedimiento para vincular a la persona representante, quien también deberá autenticarse con su propia e.firma.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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