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martes, 1 de septiembre de 2026

DOF Noticias

Diario Oficial de la Federación

ACUERDO ACDO.AS2.HCT.290626/176.P.DIR, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en sesión ordinaria celebrada el 29 de junio de 2026, relativo a la implementación de la e.firma como único certificado digital válido para la realización de movimientos afiliatorios y vinculación de representantes legales exclusivamente mediante Escritorio Virtual.

ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL 10 min de lectura 48 lecturas

"El IMSS aprobó el uso exclusivo de la e.firma (emitida por el SAT) como único certificado digital válido para trámites patronales por medios electrónicos, eliminando el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE). Los empleadores tendrán 90 días naturales para migrar al nuevo esquema, que incluye la vinculación de representantes legales a través del Escritorio Virtual."

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Entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Se otorga un periodo de transición de 90 días naturales para la migración.

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A partir de la publicación, la e.firma del SAT será el único certificado digital aceptado por el IMSS para movimientos afiliatorios y otros actos por medios electrónicos.
Se deroga el uso del Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y su certificado digital emitido por el IMSS.
La vinculación de representantes legales, administradores o similares deberá hacerse exclusivamente a través del Escritorio Virtual, autenticándose con e.firma tanto el representante como el representado.
Se otorgan 90 días naturales de transición para que los patrones migren al uso de la e.firma.
Se dejan sin efectos los acuerdos 43/2004 y 533/2006, que regulaban el uso de la firma electrónica en el IMSS.
El acuerdo entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

Personas empleadoras (físicas y morales) y sujetos obligados que realizan trámites ante el IMSS, así como representantes legales que actúan en su nombre.

Patrones y representantes que ya cuentan con e.firma, al simplificar trámites y eliminar la necesidad de obtener un certificado adicional del IMSS.

Simplifica los trámites al usar un solo certificado digital (e.firma) para múltiples dependencias.
Elimina la necesidad de obtener y renovar el NPIE, reduciendo cargas administrativas.
Fomenta el uso de medios electrónicos, agilizando procesos y reduciendo tiempos de espera.
Los patrones que no tengan e.firma deberán tramitarla ante el SAT, lo que puede implicar tiempo y costos.
La vinculación de representantes legales requiere que ambos (representante y representado) tengan e.firma, lo que podría ser una barrera para algunos.
El periodo de transición de 90 días podría ser insuficiente para empresas con muchos empleados o procesos complejos.
Los patrones deben asegurarse de contar con su e.firma vigente emitida por el SAT.
Actualizar los datos de contacto y accesos al Escritorio Virtual del IMSS.
Revisar y actualizar los poderes de representantes legales para que estén vinculados correctamente en el Escritorio Virtual.
Planear la migración dentro del periodo de 90 días para evitar interrupciones en trámites.

El IMSS ha utilizado históricamente la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) del SAT, pero también emitía su propio certificado digital (NPIE) para algunos trámites. Este acuerdo unifica el uso de la e.firma como único medio de autenticación, alineándose con la política de simplificación digital del gobierno. La medida busca reducir la complejidad y costos para los patrones, así como fortalecer la seguridad jurídica de los actos electrónicos.

¿Qué es la e.firma y cómo la obtengo?

La e.firma (antes FIEL) es un certificado digital emitido por el SAT que permite firmar electrónicamente documentos con validez legal. Se obtiene acudiendo a una oficina del SAT con identificación oficial y CURP, o a través de su portal si ya tienes un certificado vigente.

¿Qué pasa si no tengo e.firma al terminar el periodo de transición?

Después de los 90 días naturales, no podrás realizar movimientos afiliatorios ni otros trámites electrónicos ante el IMSS sin e.firma. Deberás tramitarla para continuar operando digitalmente.

¿Cómo vinculo a mis representantes legales en el Escritorio Virtual?

Deberás ingresar al Escritorio Virtual del IMSS, autenticarte con tu e.firma, y seguir el procedimiento para vincular a la persona representante, quien también deberá autenticarse con su propia e.firma.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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