Saltar al contenido
martes, 1 de septiembre de 2026

DOF Noticias

Diario Oficial de la Federación

DECRETO por el que se expide el Reglamento para la Determinación y Pago de la Cuota de Garantía de No Caducidad de Derechos de Aguas Nacionales.

13 min de lectura 77 lecturas

"El gobierno federal publicó un nuevo reglamento que establece el procedimiento para calcular y pagar la cuota de garantía de no caducidad de derechos de aguas nacionales. Esta cuota permite a concesionarios y asignatarios evitar la caducidad de sus volúmenes de agua no utilizados durante dos años consecutivos, pagando una cantidad determinada. El reglamento detalla la fórmula de cálculo, los plazos para presentar avisos y realizar pagos, y las reglas para prórrogas."

decreto

medio

El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, según lo establecido en los artículos transitorios.

empresas gobierno sector agropecuario sector industrial sector servicios
Se expide el Reglamento para la Determinación y Pago de la Cuota de Garantía de No Caducidad de Derechos de Aguas Nacionales.
La cuota evita la caducidad parcial o total de volúmenes de agua no explotados durante dos años consecutivos.
El cálculo se basa en la cuota autorizada por m³ y el volumen mínimo no utilizado en los últimos ocho trimestres.
Los interesados deben presentar aviso ante la CONAGUA al menos 15 días hábiles antes de que concluya el octavo trimestre.
El pago debe realizarse dentro de los 45 días hábiles siguientes al periodo de dos años consecutivos.
Se permiten hasta dos prórrogas para el pago de la cuota, según lo establecido en el reglamento.

Personas físicas o morales titulares de concesiones o asignaciones de aguas nacionales que no utilicen total o parcialmente sus volúmenes durante dos años consecutivos.

Concesionarios y asignatarios que deseen conservar sus derechos de agua sin uso, al poder pagar una cuota en lugar de perderlos por caducidad.

Brinda certeza jurídica a los concesionarios que no usan sus volúmenes de agua.
Permite conservar derechos de agua sin perderlos por caducidad.
Establece un procedimiento claro y detallado para el cálculo y pago.
Implica un costo adicional para los titulares que no utilizan sus volúmenes.
Puede generar cargas administrativas para presentar avisos y realizar pagos.
La fórmula de cálculo puede ser compleja para algunos usuarios.
Revisar los títulos de concesión o asignación para identificar volúmenes no utilizados en los últimos dos años.
Calcular el posible monto de la cuota de garantía de no caducidad con base en la fórmula del reglamento.
Presentar el aviso ante la CONAGUA dentro de los plazos establecidos si se desea optar por el pago.
Preparar el pago dentro de los 45 días hábiles posteriores al periodo de dos años consecutivos.
Consultar la plataforma electrónica de la CONAGUA para conocer los procedimientos y requisitos específicos.

La Ley de Aguas Nacionales establece que los derechos de agua pueden caducar si no se utilizan durante dos años consecutivos. Para evitar esa caducidad, se creó la figura de la cuota de garantía de no caducidad, que permite a los titulares pagar una cantidad para conservar sus derechos. Este reglamento actualiza el procedimiento, sustituyendo al publicado en 2011, y detalla la fórmula de cálculo y los plazos. La medida busca dar certeza jurídica a los usuarios y fomentar el uso eficiente del agua, aunque también implica un costo adicional para quienes no utilizan sus volúmenes.

¿Qué es la cuota de garantía de no caducidad?

Es un pago que evita que caduquen los derechos de agua cuando no se utilizan durante dos años consecutivos.

¿Cómo se calcula la cuota?

Se multiplica la cuota autorizada por m³ por el volumen mínimo no utilizado en los últimos ocho trimestres.

¿Cuándo debo presentar el aviso?

Debe presentarse al menos 15 días hábiles antes de que concluya el octavo trimestre del periodo de dos años.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar?

El pago debe realizarse dentro de los 45 días hábiles siguientes al periodo de dos años consecutivos.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

¿Te confunden los términos legales?

El Diario Oficial de la Federación utiliza un lenguaje técnico que puede ser difícil de interpretar. Hemos preparado recursos gratuitos para ayudarte a entender mejor esta publicación.

· · ·