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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

REFORMA al Reglamento Orgánico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de fecha catorce de julio de dos mil veintiséis, del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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"La Suprema Corte de Justicia de la Nación reforma su Reglamento Orgánico para redistribuir atribuciones de la Dirección General de Enlace con los Poderes Federales, Instituciones y Autoridades Comunitarias, derogando su fracción IV y el artículo 17, y ajustando los artículos 12, 13, 15 y 18. El cambio busca optimizar recursos y simplificar la administración, alineándose con políticas de austeridad y eficiencia."

acuerdo

bajo

La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, según lo establece el artículo transitorio (no especificado en el texto).

gobierno
Se deroga la fracción IV del Apartado B del Artículo 3o. y el Artículo 17 del Reglamento Orgánico de la SCJN.
Se reforman los Artículos 12, 13, 15 y 18 del mismo reglamento.
La Dirección General de Enlace con los Poderes Federales, Instituciones y Autoridades Comunitarias deja de existir como tal; sus funciones se redistribuyen.
La reforma se fundamenta en el Plan Estratégico 2025-2027 y en políticas de racionalidad y disciplina presupuestaria.
Se busca fortalecer la operación y optimizar recursos bajo una perspectiva de uso honesto y racional del presupuesto.

A las áreas administrativas y personal de la SCJN, especialmente a la Dirección General de Enlace con los Poderes Federales, Instituciones y Autoridades Comunitarias, cuyas funciones serán reasignadas.

A la SCJN en su conjunto, al simplificar su estructura y orientar recursos a la impartición de justicia, y a los ciudadanos al buscar una justicia más eficiente.

Optimización de recursos y simplificación administrativa.
Alineación con políticas de austeridad y eficiencia.
Fortalecimiento de la operación de la SCJN.
Posible reasignación de personal y ajustes en funciones.
Riesgo de interrupción temporal en los servicios que brindaba la dirección eliminada.
Las áreas involucradas deben preparar la transición de funciones y personal.
Revisar los nuevos procedimientos internos para adaptarse a la redistribución de atribuciones.

El Reglamento Orgánico de la SCJN fue publicado el 10 de diciembre de 2025, estableciendo la estructura y atribuciones de sus órganos. Esta reforma responde al Plan Estratégico 2025-2027, que prioriza la austeridad y eficiencia, y a las políticas de racionalidad presupuestaria del Poder Judicial para 2026. La desaparición de la Dirección General de Enlace busca simplificar la administración y redirigir recursos a la función jurisdiccional.

¿Qué cambios hace la reforma al Reglamento Orgánico de la SCJN?

Deroga la fracción IV del Artículo 3o. y el Artículo 17, y reforma los artículos 12, 13, 15 y 18, redistribuyendo funciones de la Dirección General de Enlace.

¿Cuándo entra en vigor esta reforma?

Al día siguiente de su publicación en el DOF, aunque el texto no especifica la fecha exacta.

¿A quién afecta la desaparición de la Dirección General de Enlace?

A las áreas y personal que dependían de esa dirección, cuyas funciones serán asumidas por otros órganos.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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