REFORMA al Reglamento Orgánico de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de fecha catorce de julio de dos mil veintiséis, del Ministro Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
"La Suprema Corte de Justicia de la Nación reforma su Reglamento Orgánico para redistribuir atribuciones de la Dirección General de Enlace con los Poderes Federales, Instituciones y Autoridades Comunitarias, derogando su fracción IV y el artículo 17, y ajustando los artículos 12, 13, 15 y 18. El cambio busca optimizar recursos y simplificar la administración, alineándose con políticas de austeridad y eficiencia."
Tipo
acuerdo
Impacto
bajo
Vigencia
La reforma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, según lo establece el artículo transitorio (no especificado en el texto).
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
A las áreas administrativas y personal de la SCJN, especialmente a la Dirección General de Enlace con los Poderes Federales, Instituciones y Autoridades Comunitarias, cuyas funciones serán reasignadas.
✅ Sectores beneficiados
A la SCJN en su conjunto, al simplificar su estructura y orientar recursos a la impartición de justicia, y a los ciudadanos al buscar una justicia más eficiente.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El Reglamento Orgánico de la SCJN fue publicado el 10 de diciembre de 2025, estableciendo la estructura y atribuciones de sus órganos. Esta reforma responde al Plan Estratégico 2025-2027, que prioriza la austeridad y eficiencia, y a las políticas de racionalidad presupuestaria del Poder Judicial para 2026. La desaparición de la Dirección General de Enlace busca simplificar la administración y redirigir recursos a la función jurisdiccional.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambios hace la reforma al Reglamento Orgánico de la SCJN?
Deroga la fracción IV del Artículo 3o. y el Artículo 17, y reforma los artículos 12, 13, 15 y 18, redistribuyendo funciones de la Dirección General de Enlace.
¿Cuándo entra en vigor esta reforma?
Al día siguiente de su publicación en el DOF, aunque el texto no especifica la fecha exacta.
¿A quién afecta la desaparición de la Dirección General de Enlace?
A las áreas y personal que dependían de esa dirección, cuyas funciones serán asumidas por otros órganos.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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