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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

OFICIO 500-05-00-00-00-2026-21590 mediante el cual se comunica el nombre y la clave en el Registro Federal de Contribuyentes a que se refiere la fracción X del artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación.

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"El SAT publicó el nombre y RFC de una asociación civil cuyos comprobantes fiscales fueron declarados falsos, por lo que quienes hayan recibido esos CFDI deben corregir sus declaraciones en un plazo de 30 días o enfrentar la restricción de su certificado de sello digital."

aviso

medio

2026-07-06: La publicación en el DOF se realizó el 6 de julio de 2026. Los terceros afectados tienen 30 días naturales a partir de esa fecha para presentar declaración complementaria.

contribuyentes empresas gobierno
El SAT determinó que la Asociación de Productividad y Competitividad de Sonora, A.C. (RFC APC1910164AA) no desvirtuó la presunción de falsedad de sus CFDI.
Los comprobantes emitidos por esta empresa se consideran falsos con efectos generales, por lo que no producen efecto fiscal alguno.
Los contribuyentes que hayan utilizado estos CFDI deben presentar declaración complementaria en un plazo de 30 días naturales a partir de la publicación en el DOF.
Si no corrigen, la autoridad podrá restringir temporalmente el uso del certificado de sello digital para emitir CFDI.
La resolución fue notificada el 1 y 2 de julio de 2026, y el oficio se emitió el 6 de julio de 2026.
La publicación en el DOF es un requisito legal para que los terceros afectados conozcan la situación.

Contribuyentes que hayan recibido comprobantes fiscales de la Asociación de Productividad y Competitividad de Sonora, A.C. (RFC APC1910164AA) y hayan aplicado efectos fiscales a dichos comprobantes.

Protege la recaudación fiscal al evitar que se utilicen comprobantes apócrifos para deducir impuestos.
Da certeza jurídica a los contribuyentes que reciben comprobantes, al informarles sobre la falsedad de los mismos.
Permite a los afectados corregir su situación fiscal sin mayores sanciones si actúan dentro del plazo.
Los contribuyentes que hayan utilizado estos comprobantes podrían enfrentar cargas fiscales adicionales al tener que presentar declaraciones complementarias.
La restricción temporal del certificado de sello digital puede afectar la operación de empresas que dependen de la emisión de CFDI.
El proceso puede generar incertidumbre y costos administrativos para los afectados.
Revisar si se tienen CFDI emitidos por la Asociación de Productividad y Competitividad de Sonora, A.C. (RFC APC1910164AA).
Si se utilizaron dichos comprobantes, presentar declaración complementaria dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el DOF.
Consultar el portal del SAT para verificar la lista completa de contribuyentes con comprobantes falsos.
En caso de dudas, acudir a un contador o asesor fiscal para regularizar la situación.

El artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación faculta al SAT para presumir la falsedad de CFDI cuando los contribuyentes no acrediten la existencia de las operaciones. En este caso, la Asociación de Productividad y Competitividad de Sonora, A.C. no desvirtuó dicha presunción, por lo que sus comprobantes se consideran falsos. La publicación en el DOF es un mecanismo para que los terceros que recibieron esos comprobantes conozcan la situación y corrijan sus declaraciones, evitando así la restricción de su certificado de sello digital.

¿Qué debo hacer si recibí un comprobante de la Asociación de Productividad y Competitividad de Sonora?

Debe presentar una declaración complementaria para revertir el efecto fiscal que le dio a dicho comprobante, dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el DOF.

¿Qué pasa si no presento la declaración complementaria?

La autoridad fiscal podrá restringir temporalmente el uso de su certificado de sello digital para emitir CFDI, conforme al artículo 17-H Bis del CFF.

¿Dónde puedo ver la lista completa de contribuyentes con comprobantes falsos?

La lista se publica en el portal del SAT (www.sat.gob.mx) y en el Diario Oficial de la Federación.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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