ACUERDO por el que se emiten los Lineamientos para la obtención del Folio de Registro en el Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico de Alta Tecnología.
"La Secretaría de Salud emitió los Lineamientos para obtener el Folio de Registro en el Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico de Alta Tecnología, un requisito obligatorio para que las instituciones públicas de salud planeen, construyan o amplíen unidades médicas y adquieran equipo médico de alta tecnología. Esta medida busca centralizar la planeación, evitar duplicidades y asegurar que los proyectos respondan a necesidades reales de salud, con un enfoque de acceso universal."
Tipo
acuerdo
Impacto
alto
Vigencia
El acuerdo fue publicado en el DOF y entra en vigor al día siguiente de su publicación, según se establece en los artículos transitorios (no visibles en el texto).
Esto afecta a
Puntos clave
⚠️ Sectores afectados
Instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud (IMSS, ISSSTE, hospitales federales y estatales, etc.) que planeen crear, sustituir o ampliar unidades médicas o adquirir equipo médico de alta tecnología.
✅ Sectores beneficiados
La población mexicana que verá una mejor planeación y distribución de la infraestructura y equipamiento de salud, con acceso más equitativo a servicios médicos.
👍 Impactos Positivos
👎 Desafíos o Riesgos
Qué hacer ahora
Contexto y Antecedentes
El Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico de Alta Tecnología fue establecido en la Ley General de Salud (artículo 35 Bis) como un instrumento de planeación centralizada. Este acuerdo desarrolla los lineamientos para su operación, en línea con el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y el Programa Sectorial de Salud, que buscan garantizar el acceso universal a la salud. La medida responde a la necesidad de ordenar la inversión en infraestructura y equipamiento, evitando duplicidades y asegurando que los recursos se destinen a las zonas con mayores carencias.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el Folio de Registro en el Plan Maestro Nacional de Infraestructura en Salud?
Es un número de registro obligatorio que deben obtener las instituciones públicas de salud para proyectos de creación, sustitución o ampliación de unidades médicas y adquisición de equipo médico de alta tecnología. Sirve para validar la necesidad y justificación del proyecto y darle seguimiento.
¿A quién aplica este acuerdo?
A todas las instituciones públicas que forman parte del Sistema Nacional de Salud, como IMSS, ISSSTE, hospitales federales y estatales, entre otras. No aplica al sector privado.
¿Qué pasa si una institución no obtiene el folio?
Según la Ley General de Salud, los proyectos sin folio no podrán llevarse a cabo, ya que es un requisito obligatorio. La Secretaría de Salud podría negar la autorización o el financiamiento.
Documento Oficial
Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito
Escrito por
DeepSeek automático
Análisis asistido por IA con revisión editorial individual
Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.
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