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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

CONVENIO de Coordinación para la transferencia de recursos federales con carácter de subsidios, para el fortalecimiento para la Atención de Niñas, Niños y Adolescentes Migrantes en Albergue Temporal Mexicali.-2 (2026), que celebran el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Baja California.

ORGANISMOS DESCONCENTRADOS O DESCENTRALIZADOS SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA 10 min de lectura 11 lecturas

"El SNDIF y el DIF de Baja California firmaron un convenio para transferir recursos federales como subsidios destinados al fortalecimiento de la atención de niñas, niños y adolescentes migrantes en el Albergue Temporal Mexicali-2 durante 2026. Este acuerdo busca garantizar la protección y el bienestar de la infancia migrante, en línea con el interés superior de la niñez."

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medio

2026-12-31: El convenio es para el ejercicio fiscal 2026, por lo que su vigencia se limita a ese año.

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Se transfieren recursos federales como subsidios al DIF de Baja California para el Albergue Temporal Mexicali-2.
El convenio tiene vigencia para el ejercicio fiscal 2026.
El objetivo es fortalecer la atención de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados o en contexto de migración.
Las partes son el SNDIF y el SEDIF de Baja California, con base en la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.
Se prioriza el interés superior de la niñez y la protección integral de sus derechos.

Al Sistema DIF de Baja California, que deberá operar y rendir cuentas sobre los recursos; a las autoridades locales involucradas en la atención de la infancia migrante.

Niñas, niños y adolescentes migrantes que sean alojados en el Albergue Temporal Mexicali-2, quienes recibirán atención y protección.

Garantiza recursos para la atención de una población vulnerable.
Fomenta la coordinación entre el gobierno federal y estatal.
Contribuye al cumplimiento de los derechos de la infancia migrante.
El monto de los recursos no se especifica en el texto, lo que limita la transparencia.
La operación del albergue puede enfrentar desafíos logísticos y de capacidad.
Depende de la correcta aplicación de los recursos por parte del DIF estatal.
El DIF de Baja California deberá implementar mecanismos de seguimiento y evaluación del uso de los recursos.
Las organizaciones de la sociedad civil pueden dar seguimiento a la operación del albergue y la atención brindada.

El convenio se enmarca en la obligación del Estado mexicano de proteger los derechos de la niñez migrante, conforme a la Constitución y tratados internacionales. La Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes establece que los Sistemas DIF deben habilitar albergues para recibir a esta población. Este acuerdo específico busca fortalecer el albergue en Mexicali, punto clave en la frontera norte por el flujo migratorio.

¿Qué es el Albergue Temporal Mexicali-2?

Es un espacio habilitado para recibir a niñas, niños y adolescentes migrantes en Mexicali, Baja California, con el fin de brindarles protección y atención mientras se resuelve su situación migratoria.

¿Cuánto dinero se transferirá?

El texto del convenio no especifica el monto de los recursos, por lo que se desconoce la cifra exacta.

¿A quién beneficia este convenio?

Beneficia directamente a las niñas, niños y adolescentes migrantes que lleguen al albergue, asegurando que reciban atención adecuada.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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