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martes, 1 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

EXTRACTO del Acuerdo G/JGA/72/2026, denominado "Suplencia de persona Magistrada, en la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional en el Estado de México I".

ORGANISMOS AUTONOMOS TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA 8 min de lectura 8 lecturas

"La Junta de Gobierno y Administración del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) aprobó que la licenciada Guadalupe Villaseñor Hurtado, Primera Secretaria de Acuerdos, supla temporalmente a la persona Magistrada de la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional en el Estado de México I, con sede en Naucalpan. La suplencia inicia el 3 de agosto de 2026 y estará vigente hasta que la Junta determine otra situación, garantizando la continuidad en la impartición de justicia administrativa."

acuerdo

bajo

2026-08-03: La suplencia surte efectos a partir del 3 de agosto de 2026 y permanecerá vigente hasta que la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.

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Se aprueba la suplencia de la persona Magistrada en la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional en el Estado de México I.
La suplente es la licenciada Guadalupe Villaseñor Hurtado, Primera Secretaria de Acuerdos de esa misma ponencia.
La suplencia otorga facultades jurisdiccionales plenas a la secretaria, actuando por ministerio de ley.
La medida entra en vigor el 3 de agosto de 2026 y durará hasta que la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.
El acuerdo fue aprobado por unanimidad en sesión ordinaria del 8 de julio de 2026.

Al personal y a los justiciables de la Primera Sala Regional en el Estado de México I, así como a los abogados y partes en juicios que se tramiten en esa ponencia.

A los usuarios del sistema de justicia administrativa en esa región, al asegurar la continuidad en la resolución de asuntos.

Garantiza la continuidad en la impartición de justicia administrativa.
Aprovecha el conocimiento y experiencia de la secretaria de acuerdos en la misma ponencia.
Evita retrasos en la resolución de expedientes.
La suplente no cuenta con la misma experiencia que un magistrado titular, lo que podría generar curvas de aprendizaje.
La medida es temporal y podría generar incertidumbre sobre la duración de la suplencia.
Si tienes asuntos en la Segunda Ponencia de la Primera Sala Regional en el Estado de México I, verifica el estado de tus expedientes y los plazos procesales.
Consulta la versión íntegra del acuerdo en los enlaces oficiales del TFJA para conocer detalles adicionales.

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa es el máximo tribunal en materia de justicia administrativa en México. La Junta de Gobierno y Administración es el órgano encargado de la administración y vigilancia del tribunal. La suplencia de magistrados es un mecanismo común para evitar la paralización de los órganos jurisdiccionales ante ausencias temporales o definitivas. Este acuerdo se emite con fundamento en la Ley Orgánica del TFJA y su Reglamento Interior, y busca garantizar el acceso a la justicia.

¿Qué es una suplencia de magistrado?

Es un mecanismo legal mediante el cual una persona designada asume temporalmente las funciones jurisdiccionales de un magistrado ausente, garantizando la continuidad del servicio de justicia.

¿Cuándo entra en vigor la suplencia?

La suplencia entra en vigor el 3 de agosto de 2026 y estará vigente hasta que la Junta de Gobierno y Administración determine otra situación.

¿Dónde puedo consultar el acuerdo completo?

El acuerdo completo está disponible en las ligas electrónicas oficiales del TFJA: https://www.tfja.gob.mx/pdf/secretaria_general_de_acuerdos/acuerdos_junta_gobierno/2026/G_JGA_72_2026.pdf y dof.gob.mx/2026/TFJA/G_JGA_72_2026.pdf

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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