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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

ACUERDO por el cual se dan a conocer los montos de los estímulos fiscales aplicables a la enajenación de gasolinas en la región fronteriza con los Estados Unidos de América, correspondientes al periodo que se especifica.

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"Este acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación establece los montos de los estímulos fiscales aplicables a la venta de gasolinas en zonas fronterizas con Estados Unidos durante un periodo específico. Los estímulos buscan reducir el costo de combustible en ciertas regiones para favorecer el comercio y el transporte en estas áreas. Es importante porque afecta directamente a los consumidores y empresas del sector petrolero en la frontera."

Se establecen estímulos fiscales para la venta de gasolinas en zonas fronterizas con EE.UU.
Los montos varían según la zona y el tipo de gasolina (menor o mayor a 91 octanos).
El periodo de aplicación es del 15 al 21 de agosto de 2026.

Empresas petroleras, distribuidoras de combustible y comercios en las zonas fronterizas que operan en la región.

Consumidores finales en las zonas fronterizas, especialmente aquellos que dependen del transporte terrestre o comercial.

Reduce los costos de combustible para usuarios en zonas fronterizas
Fomenta el comercio y transporte en regiones estratégicas
La falta de estímulos en algunas zonas puede afectar la competitividad local

Este acuerdo deriva del Decreto de 2016 que estableció estímulos fiscales para combustibles en la frontera. La política busca incentivar el comercio y reducir costos operativos en zonas estratégicas. En años anteriores se han aplicado estímulos similares, pero con montos variables según la región.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

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Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 24/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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