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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

CIRCULAR SABG/420/OICSICT/AR/482/2026 por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a las entidades federativas y sus municipios, a los entes públicos de unas y otros, así como a las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deberán abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa Teleconstrucciones Marver, S. de R.L. de C.V.

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"La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno publicó una circular que inhabilita temporalmente a la empresa Teleconstrucciones Marver, S. de R.L. de C.V. para participar en contratos de obras públicas con recursos federales, por un plazo de tres meses y quince días, debido a una sanción administrativa. La medida busca garantizar la transparencia y legalidad en las contrataciones públicas, y aplica a todas las dependencias y entidades gubernamentales."

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medio

La inhabilitación comienza al día siguiente de la publicación en el DOF y su registro en ComprasMX, y dura 3 meses y 15 días, salvo que la empresa no pague la multa, en cuyo caso se extiende hasta que se realice el pago.

empresas gobierno
La empresa Teleconstrucciones Marver, S. de R.L. de C.V. queda inhabilitada temporalmente por 3 meses y 15 días para presentar propuestas o celebrar contratos de obras públicas con recursos federales.
La sanción deriva de un procedimiento administrativo (expediente SAN/006/2025-SPR) resuelto el 3 de agosto de 2026.
La inhabilitación aplica a nivel federal, estatal, municipal y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.
La medida entra en vigor al día siguiente de la publicación en el DOF y su registro en la plataforma ComprasMX.
Si la empresa no paga la multa impuesta, la inhabilitación se extenderá hasta que realice el pago.
Los contratos ya formalizados con la empresa no se ven afectados por esta circular.

A la empresa Teleconstrucciones Marver, S. de R.L. de C.V., así como a todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas, municipios, entes públicos y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México que deben abstenerse de contratar con ella.

A la ciudadanía y al sector público, al fortalecer la transparencia y legalidad en las contrataciones públicas.

Fomenta la transparencia y legalidad en el uso de recursos públicos.
Envía un mensaje de que las empresas que incurran en faltas serán sancionadas.
Protege los intereses del Estado y de los contribuyentes.
La inhabilitación temporal puede afectar proyectos en curso que dependan de la empresa.
Si la empresa no paga la multa, la inhabilitación podría extenderse, generando incertidumbre.
La medida podría reducir la competencia en el sector de obras públicas si la empresa es un proveedor importante.
Las dependencias y entidades deben verificar en ComprasMX el registro de la empresa antes de cualquier contratación.
La empresa sancionada debe cumplir con el pago de la multa para evitar la extensión de la inhabilitación.
Los entes públicos deben abstenerse de aceptar propuestas o celebrar contratos con la empresa durante el periodo de inhabilitación.

La circular se emite en cumplimiento de una resolución de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, que sancionó a la empresa por infracciones a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. Esta acción forma parte de los esfuerzos del gobierno por combatir la corrupción en la contratación pública, utilizando herramientas como la plataforma ComprasMX para transparentar y controlar los procesos.

¿Qué significa la inhabilitación de Teleconstrucciones Marver?

Significa que la empresa no podrá presentar propuestas ni celebrar contratos de obras públicas con recursos federales durante 3 meses y 15 días, como sanción por una falta administrativa.

¿A quién aplica esta circular?

A todas las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas, municipios, entes públicos y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, que deben abstenerse de contratar con la empresa.

¿Qué pasa si la empresa no paga la multa?

La inhabilitación se extenderá hasta que la empresa realice el pago de la multa impuesta, según lo establecido en la resolución.

¿Los contratos ya firmados con la empresa se cancelan?

No, los contratos ya formalizados no se ven afectados por esta circular, según lo dispuesto en el artículo 270 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

DeepSeek automático

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 27/8/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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