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miércoles, 2 de septiembre de 2026

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Diario Oficial de la Federación

AVISO por el que se da a conocer el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa que presentó el C. José Manuel Arias Zapata y firmantes de la agrupación denominada Casa de Oración Sembradores de Fe Sanidad para las Naciones.

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"La Secretaría de Gobernación publicó el extracto de la solicitud de registro constitutivo como asociación religiosa de la agrupación 'Casa de Oración Sembradores de Fe Sanidad para las Naciones', con domicilio en Comalcalco, Tabasco. Este aviso abre un plazo de 20 días hábiles para que terceros presenten oposición al registro."

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El aviso se publica para dar a conocer la solicitud; el plazo de 20 días hábiles para oposiciones corre a partir de la publicación.

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La agrupación 'Casa de Oración Sembradores de Fe Sanidad para las Naciones' solicitó su registro constitutivo como asociación religiosa ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.
El domicilio de la agrupación es Camino Vecinal sin número, Ranchería Reyes Hernández 1ra sección, Comalcalco, Tabasco, C.P. 86640.
El representante legal es José Manuel Arias Zapata.
Los bienes inmuebles se manifiestan bajo contrato de comodato.
El objeto de la agrupación es 'Proclamar y enseñar el evangelio de Nuestro Señor Jesucristo, haciendo discípulos en el cumplimiento de las funciones de la Iglesia Cristiana'.
Terceros interesados tienen 20 días hábiles para presentar oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos.

A la agrupación solicitante y a cualquier persona u organización que pudiera tener interés jurídico en oponerse al registro.

A la agrupación 'Casa de Oración Sembradores de Fe Sanidad para las Naciones', que busca obtener personalidad jurídica como asociación religiosa.

Permite a la agrupación obtener personalidad jurídica y operar legalmente como asociación religiosa.
Da transparencia al proceso de registro y permite que terceros presenten objeciones.
El aviso no implica la aprobación automática del registro; aún debe completarse el trámite.
Podría haber oposiciones que retrasen o impidan el registro.
Si alguna persona u organización considera tener derechos sobre el nombre o bienes de la agrupación, puede presentar oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación.

La Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público regula el registro de las iglesias y agrupaciones religiosas en México, otorgándoles personalidad jurídica. El artículo 7o. de dicha ley establece que un extracto de la solicitud debe publicarse en el Diario Oficial de la Federación para dar transparencia y permitir oposiciones. Este aviso es parte del procedimiento administrativo para que la agrupación obtenga su registro constitutivo.

¿Qué es una asociación religiosa en México?

Es una iglesia o agrupación religiosa que obtiene personalidad jurídica tras su registro ante la Secretaría de Gobernación, conforme a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público.

¿Cómo puedo oponerme al registro de esta asociación religiosa?

Debes presentar una oposición por escrito ante la Dirección General de Asuntos Religiosos dentro de los 20 días hábiles siguientes a la publicación del aviso, anexando pruebas que fundamenten tu oposición.

¿Qué sigue después de la publicación del extracto?

La autoridad evaluará la solicitud y las posibles oposiciones, y posteriormente decidirá si otorga el registro constitutivo.

Documento íntegro publicado en el DOF, gratuito

DN

Escrito por

Pepe

Análisis asistido por IA con revisión editorial individual

Esta nota fue revisada antes de publicarse como análisis editorial el 2/9/2026. La IA se utiliza como herramienta de apoyo, no como autor final. Más sobre nuestra metodología.

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